La posibilidad de emitir cuasimonedas, admitida por fuentes del Ejecutivo provincial, aparece vedada por el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal sancionado por el Congreso en agosto de 2004 y al que Córdoba adhirió oportunamente.
El artículo 21 señala en uno de sus párrafos que “los Gobiernos de las provincias (…) se comprometen a no emitir títulos sustitutos de la moneda nacional de curso legal en todo el territorio del país”.
En tanto, en el artículo 32 reservado al régimen de penalidades indica que, “el incumplimiento de las obligaciones establecidas por la presente ley dará lugar a sanciones (…) restricciones en el otorgamiento de nuevos beneficios impositivos nacionales destinados al sector privado; limitación en el otorgamiento de avales y garantías por parte del Gobierno nacional, denegación de autorización para las operatorias de nuevos endeudamientos (…), limitación de las transferencias presupuestarias con destino a las jurisdicciones que no sean originadas en impuestos nacionales coparticipables de transferencia automática”.
Desde el Ejecutivo, en tanto, buscan por estas horas posibles mecanismos legales para fundamentar la emisión. No obstante, admiten que el recurso es extraordinario y se concretará sólo si la Nación no envía fondos vinculados a la Caja o no autoriza endeudamientos en los próximos 10 días. “Confiamos en no llegar a ese extremo”, confió un funcionario.