miércoles 27, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Habilitan fuerte alza tributaria para productos extra Córdoba

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La Legislatura sancionará hoy en segunda lectura el proyecto de aumento en el impuesto a los Ingresos Brutos con importantes cambios respecto a la iniciativa original y a la votada en primera lectura.
Entre las modificaciones dispuestas ayer por el oficialismo, figura el fuerte incremento en la alícuota para productos industriales fabricados fuera de la provincia de Córdoba, que ahora pagarán un 3%.
Asimismo, se accedió a pedidos del sector desarrollista, droguerías, panificación y motocicletas.
En tanto, y tal como lo anticipara Comercio y Justicia, se amplió el gravamen al juego, que ahora también abarcará a los denominados “de paño” ubicados en casinos o bingos o juegos “existentes y/o por crearse en el futuro”. La recaudación conformará un Fondo de Asistencia e Inclusión Social.

Finalmente, el despacho contempla la creación del Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar por el término de cuatro años. El programa se integrará por una alícuota del 2% sobre el “precio de la subasta y/o remate judicial”.
Por ese último gravamen, el Ejecutivo estima recaudar unos $30 millones anuales. En tanto, por el resto de las modificaciones se prevé ingresos por unos 750 millones extras
No obstante, el legislador Angel Elettore evitó precisar el impacto fiscal por un lado de las rebajas para determinados sectores como así también del aumento para los insumos extra Córdoba.

En tanto, Dante Heredia, titular de la Comisión de Economía, admitió ante una solicitud del legislador del Frente Cívico, Eduardo Bischoff, que se analizará la posibilidad de subir el mínimo no imponible para la industria, que en rigor ya fue elevado hasta 2 millones de pesos.
Para ese fin, se aguardará un informe de Finanzas con las declaraciones juradas de los sectores obligados. Bischoff reclamó un piso de $5 millones anuales. Sigue vigente para el comercio y servicios el límite de 1,08 millones de facturación.

Los cambios
Los desarrollistas se equiparan con las constructoras. Tributarán el 2,5%.
La elaboración de pan queda exenta, mientras que la comercialización al por mayor pagará el 2,5% y al por menor el 3,5%.
La venta por mayor de medicamentos humanos (droguerías): 1%.
La comercialización por mayor de motocicletas y ciclomotores se iguala a los vehículos producidos en el Mercosur: 2,95%.
Los contribuyentes que no desarrollen su actividad industrial en la provincia, tributarán conforme las alícuotas para el comercio mayorista y/o minorista, según corresponda.
Alícuota del 5% para juegos existentes y/o por crearse en el futuro.
Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar conformado por una alícuota del 2% sobre el precio de la subasta y/o remate.

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