La Justicia laboral de Córdoba rechazó el pago de asignaciones familiares por hijo y escolaridad a un trabajador de la construcción, por no acompañar las copias certificadas y autenticadas de la documentación pertinente para el reclamo. La decisión fue de la Sala 11ª, integrada por Alberto Calvo Correa, en la causa protagonizada por Hugo Ricardo Martínez, quien se desempeñó como oficial electricista para Carlos Alberto Robledo y Martínez Marcelo SH.
El magistrado destacó que “si bien en el escrito de ofrece pruebas, en el punto b) el actor expresa exhibir los originales de las partidas de nacimiento, dicha afirmación queda luego desvirtuada por las constancias del cargo de recepción de la prueba (…), del que surge que se acompañan copias, extremo corroborado de las constancias de las fotocopias simples que corren agregadas en autos como de aquellas que se encuentran reservadas en Secretaría”.
En esa dirección, se precisó que “congruente con ello, luego el tribunal, al decretar la prueba, solamente dispone que se reserve y se agregue la referida documental”.
Se concluyó que “al no haber presentado el actor la documentación certificada que avala el derecho a demandar el pago de las (asignaciones) y omitido diligenciar el oficio ordenado al Registro Civil y Capacidad de las Personas a los fines de la remisión de copias autenticadas de las partidas de nacimiento (…) la pretensión de percibir el pago de las referidas asignaciones no puede prosperar”.
Requisitos
Y se agregó que “igual suerte deben correr las asignaciones por ayuda escolar, toda vez que el documento presentado (…) no reúne los requisitos para ser considerado como documentación válida y respaldatoria de la asignación que se pretende, pues se trata de un documento emitido a requerimiento de parte, confeccionado en forma manuscrita en papel sin membrete, incompleto en los datos que debía contener y suscripto por quien aparece como Directora Interina del denominado Centro Educativo Atahualpa Yupanqui de la localidad de Juárez Celman”.