viernes 17, enero 2025
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Lucha contra la ciberdelincuencia: aprueban Plan Federal de Prevención 2025-2027

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Permitirá fortalecer la respuesta del Estado Nacional frente a los nuevos desafíos en la materia, así como promover una cultura de ciberseguridad y protección de las infraestructuras cibernéticas. El objetivo general es garantizar, en la medida de lo técnico y jurídicamente posible, el uso seguro del ciberespacio para proteger los derechos y garantías reconocidos en la normativa vigente para los habitantes de la República Argentina

Resolución 72/25-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2025

VISTO el Expediente EX-2024-142626534- -APN-DCYAC#MSG, la Ley Orgánica para la Policía Federal Decreto/ley N° 333 del 14 de enero de 1958 y sus modificatorias, la Ley de Prefectura Naval Argentina N° 18.398 y sus modificatorias, la Ley de Gendarmería Nacional N° 19.349 y sus modificatorias, la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal N° 20.416, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O.. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 y sus modificatorias, la Decisión Administrativa N° 340 del 16 de mayo de 2024 y las Resoluciones del Ministerio de Seguridad Nros. 977 del 30 de octubre de 2019, 75 del 10 de febrero de 2022, 86 del 11 de febrero de 2022, 914 del 12 de septiembre de 2024 y19 del 3 de enero de 2025 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 22.520 de Ministerios (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias asignan al MINISTERIO DE SEGURIDAD la facultad de entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación que procuren garantizar el derecho a la seguridad de los habitantes del país a través de la prevención del delito, la investigación del crimen organizado, la respuesta efectiva ante el delito complejo y el cuidado de todas las personas que habitan la República Argentina;

Que la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior del país.

Que el artículo 8° de la citada norma asigna al MINISTERIO DE SEGURIDAD el ejercicio de la conducción política del esfuerzo nacional de policía.

Que la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA tiene la función de prevenir los delitos de competencia de la justicia federal, así como practicar diligencias para asegurar su prueba, descubrir a los autores y partícipes y poner su resultado a disposición de la Justicia conforme a los deberes y atribuciones conferidos por el Código de Procedimiento en lo Criminal (art. 3°, Dto. Ley Nº 333/1958).

Que, por su parte, la Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 y sus modificatorias establecen que corresponde a la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA prevenir delitos e infracciones en el ámbito aeroportuario para llevar a cabo las acciones tendientes a impedirlos, evitarlos, obstaculizarlos o limitarlos (arts. 12° y 13°).

Que la Ley de GENDARMERÍA NACIONAL N° 19.349 y sus modificatorias determinan que dicha fuerza de seguridad tiene la función de prevenir delitos e infracciones y que posee, para ello, funciones de policía de prevención en su respectiva jurisdicción (arts. 2° y 3°).

Que la Ley General de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA N° 18.398 y sus modificatorias determinan que es la fuerza por la cual el Comando en Jefe de la Armada ejerce el servicio de policía de seguridad de la navegación y el servicio de policía de seguridad y judicial, parcialmente, en la jurisdicción administrativa de la navegación (art. 2).

Que la Ley Orgánica del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL N° 20.416 y sus modificatorias establecen que dicha fuerza tiene la función de cooperar con otros organismos en la elaboración de una política de prevención de la criminalidad (art. 5°, inc. f).

Que la Decisión Administrativa Nº 340, del 16 de mayo de 2024, estableció que la DIRECCIÓN DEL CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS, dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES, tiene como misión coordinar el esfuerzo nacional de policía en materia de lucha contra el ciberdelito y las amenazas cibernéticas, a través del diseño y de la elaboración de las políticas y programas de fortalecimiento en el ámbito de competencia del Ministerio, de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para la investigación y el abordaje de la ciberdelincuencia en el territorio nacional.

Que, asimismo, la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS tiene como una de sus principales acciones el desarrollo de las políticas, normas, procedimientos e implantación de sistemas para la conjuración del ciberdelito y la seguridad de las infraestructuras críticas de información y las comunicaciones del Ministerio, de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en materia de su competencia.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 977/19 se aprobó el Plan Federal de Prevención de Delitos Tecnológicos y Ciberdelitos, actualizado por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 75/2022 para los años 2021-2024, el cual establece los lineamientos y prioridades de las políticas públicas relacionadas con las responsabilidades referentes al ciberespacio que llevan adelante las acciones de fomento de capacidades, sobre la base de la coordinación y cooperación entre los organismos del sector público, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las entidades académicas. Todo ello en el marco del respeto a los principios recogidos en la Constitución Nacional y a las disposiciones de los tratados y acuerdos internacionales a los que la REPÚBLICA ARGENTINA ha adherido.

Que mediante la Resolución de MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 19/25 se creó en el ámbito de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE SEGURIDAD el “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO EN CIBERSEGURIDAD Y EN INVESTIGACION DEL CIBERCRIMEN (FORCIC)” el cual tiene entre sus objetivos el incremento de las capacidades de prevención, detección y análisis de incidentes cibernéticos, de las capacidades de prevención, detección e investigación del ciberdelito, la ejecución de todas las acciones conducentes a la mejora y perfeccionamiento de las tareas de investigación de ciberdelitos y optimización de la ciberseguridad, así como el incremento de la capacidad de respuesta en el marco de las actividades de investigación de las áreas específicas de ciberdelito dependientes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que por Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 914/2024 se creó el CENTRO DE SINERGIA CIBERNÉTICA DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES (CS5) con la misión de analizar, investigar y prevenir delitos ciberasistidos.

Que el vertiginoso avance de las tecnologías digitales y el creciente uso de internet en todos los ámbitos de la vida cotidiana han generado nuevas formas de criminalidad tales como delitos ciberasistidos en los cuales las tecnologías digitales son utilizadas como herramienta para cometer delitos tradicionales y delitos ciberdependientes, aquellos en los que el uso de tecnologías de la información y la comunicación son el aspecto constitutivo y central de tales conductas, sin la cual no podrían realizarse.

Que, asimismo, el crimen organizado ha evolucionado y utilizado las nuevas tecnologías y la infraestructura digital para llevar a cabo actividades ilícitas de manera más eficiente, encontrando en Internet un medio valioso para perpetrar delitos como el narcotráfico, la trata de personas, el lavado de dinero y el tráfico de armas, entre otros, lo que ha generado nuevas amenazas para la sociedad.

Que, en este contexto, resulta necesario adoptar un enfoque integral, colaborativo y federal que permita articular los esfuerzos del Gobierno Nacional con los de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de promover un entorno seguro en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y fortalecer las capacidades de prevención e investigación de los ciberdelitos.

Que trabajar en la prevención de los ciberdelitos resulta esencial para minimizar los impactos en la sociedad de tales conductas, dado que estos delitos no sólo afectan a las personas, sino que también tienen un impacto negativo en empresas, instituciones públicas y la infraestructura crítica del país, lo que puede generar consecuencias graves para la seguridad nacional, la economía y la confianza de la ciudadanía en el entorno digital.

Que la ciberseguridad es un componente fundamental para la protección de los sistemas digitales y la infraestructura crítica del país, constituyéndose en un elemento estratégico para el funcionamiento de este Ministerio.

Que el ya mencionado uso generalizado de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) ha generado una dependencia de los sistemas informáticos y, al mismo tiempo, ha sido la gestión estratégica de la ciberseguridad un pilar que debe ser abordado de manera integral con la coordinación de políticas, medidas de protección y protocolos de respuesta ante incidentes que garanticen la seguridad en el ciberespacio.

Que la aprobación de un PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 – 2027) permitirá fortalecer la respuesta del Estado Nacional frente a estos nuevos desafíos, así como promover una cultura de ciberseguridad y protección de las infraestructuras cibernéticas que componen este Ministerio.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades conferidas en el artículo 4º, inciso b), apartados 6 y 9 y artículo 22 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. 1992).

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Apruébese el “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 – 2027)” obrante en el ANEXO (IF-2025-04008168-APN-DCYAC#MSG) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. Instrúyase a la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de este Ministerio a coordinar y realizar las acciones necesarias a fin de lograr una implementación transversal del “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 – 2027)” aprobado por la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°. – Instrúyase a las áreas con competencia en la materia del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales a participar y colaborar con la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES en aquellas acciones y medidas que resulten necesarias para la implementación del “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 – 2027)” aprobado por la presente Resolución.

ARTICULO 4°. Invitase a las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025-2027)” aprobado por la presente Resolución.

ARTICULO 5°. La presente medida entrará en vigor a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 6°. Comuníquese, publíquese, dese conocimiento a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N°35.589 del 16 de enero de 2025.

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