Este nuevo avance en la profesión surge a partir de la reglamentación de la Ley 10.393. Se estima que cerca de 8.000 personas están en condiciones de matricularse
Antes de concluir el año, el Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba informó los requisitos que serán necesarios para acceder a la matrícula profesional de Acompañante Terapéutico. Este nuevo avance en la profesión surge a partir de la reglamentación de la Ley 10.393.
Los interesados podrán presentar la documentación requerida a través de CiDi, desde marzo a julio de 2025.
Los profesionales deberán subir escaneada y en archivo PDF a la plataforma CIDI, en el portal “E-trámite”, la siguiente documentación: DNI (ambos lados); Certificación de formación en Acompañante Terapéutico; Certificación laboral que acredite el ejercicio de la profesión AT (monotributo/contrato laboral). Además, la constancia del equipo tratante y familiar y/o persona a cargo.
El período para enviar la documentación será desde el 5 de marzo al 7 de julio del próximo año. Vale mencionar que es requisito contar con CIDI nivel 2 y datos personales actualizados.
Se estima que cerca de 8.000 personas están en condiciones de matricularse.
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Marco legal
El Ministerio de Salud provincial es la autoridad de aplicación de la ley 10.393 y su reglamentación, siendo en consecuencia quien otorga la matrícula profesional a fin de dar un marco de legalidad al ejercicio de la profesión; hasta tanto se cuente con una entidad deontológica propia.
La reglamentación prevé que la cartera sanitaria debe realizar un llamado de presentación de antecedentes –por única vez y por el plazo de cuatro meses- para todos los postulantes (con formación suficiente, idóneos o quienes aún capacitados no certifiquen formación suficiente).
En función de tal acreditación, y en relación con lo dispuesto en la reglamentación, algunos deberán realizar un examen único de acreditación y los demás un curso de nivelación previo, el cual se dictará por única vez (con posterioridad al llamado) para poder acceder a la instancia del mencionado examen.
Cabe resaltar que los acompañantes terapéuticos son agentes de salud con formación teórico-práctica de nivel superior, cuya función es brindar atención personalizada tanto al paciente como a su familia en la cotidianeidad, con el fin de colaborar en la recuperación de su salud, en su calidad de vida y en su reinserción social dentro de un marco interdisciplinario, bajo la supervisión y coordinación de los profesionales tratantes del paciente.
Son actores esenciales en los procesos terapéuticos, rehabilitación y reinserción social de las personas con discapacidad, problemáticas de salud mental, adicciones y tercera edad y para sus familias.
Algunas de las actividades que comprende la profesión son colaborar con el equipo tratante en la orientación al paciente en su interacción con el medio, en la recuperación, estimulación o rehabilitación psíquica y en el enfrentamiento de situaciones conflictivas de la vida diaria; facilitar los procesos de inclusión social a partir del abordaje y estímulo de la capacidad creativa del paciente y estimular la integración en ámbitos educativos.