La Sala II de la Cámara II de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata hizo lugar al recurso de un martillero y revocó una resolución del Juzgado de Paz de Saladillo, que había desestimado su pedido de regulación de honorarios por las subastas fracasadas en la causa “Pampa Energía SA c/ Ovin y D’Onofrio y Cía. Sociedad de Hecho y otros s/ Ejecución Hipotecaria”. La decisión fue firmada por los jueces Leandro A. Banegas y Hugo A. Rondina.
El conflicto surgió a raíz de la regulación de honorarios del martillero por su intervención en dos subastas que fracasaron debido a la falta de postores. El profesional apeló la decisión que rechazó su solicitud de pago por considerar que la retribución solo correspondería si el remate fracasado no se realizaba posteriormente o si el martillero era removido del caso. El martillero argumentó que dicha interpretación desconoce el trabajo realizado en las subastas frustradas, y que incluir la retribución de estas tareas dentro de la comisión del remate efectivamente realizado afecta su derecho a una remuneración justa.
Artículos
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.