Esta semana, a siete décadas de la sanción de la Ley de Malos Tratos y Actos de Crueldad a los Animales (Ley 14.346), conocida como “Ley Sarmiento”, la Comisión de Legislación Penal de Diputados comenzará a tratar proyectos para actualizarla.
Una de las iniciativas la impulsó Damián Arabia (PRO). Se la conoce mediáticamente como “Ley Conan”, en alusión al nombre de un perro fallecido del presidente Javier Milei, pero el legislador la tituló Proyecto de Modificación de la ley Sarmiento.
Lo hizo en febrero pasado, luego de que se viralizaron en las redes sociales las imágenes de un micro escolar que atropelló a una perra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) sin intentar evitarlo y de que el jefe de Estado pidiera avances legislativos en la materia.
Tal como reclaman desde hace años activistas, juristas y especialistas, el texto que presentó Arabia plantea un endurecimiento de penas, amplía la definición de crueldad e incluye el abandono.
Prevé que será reprimido con prisión de 6 meses a y años y multa de 10 a 30 veces el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) quien infringiere actos de crueldad a los animales, tales como practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados; mutilar cualquier parte del cuerpo, salvo que tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene; intervenir quirúrgicamente sin anestesia y sin título de veterinario; experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica; abandonar a sus a los animales utilizados en experimentaciones; causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente; lastimar o arrollar intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por de perversidad y realizar actos públicos o privados de riñas, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
También especifica que se considerará maltrato: emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente a sus fuerzas; no alimentarlos en cantidad y calidad suficiente; azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas; no proporcionar la atención médica y/o veterinaria adecuada; dejar a un animal en una situación de abandono; estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos o suministrarles sustancias no autorizadas por la autoridad sanitaria.
Incluye asimismo limitar la movilidad de animales e imponerles jornadas de esfuerzo excesivas o tareas inapropiadas, entre otros puntos.
Legislación Penal también abordará un proyecto de Pablo Juliano (UCR), que propone prisión de 6 meses a 3 años y multa de 1 a 50 veces el valor del SMVM para quien hiciere víctima de malos tratos a los animales. Actualmente, la pena va de 15 días a 1 año de prisión.
Jurisprudencia
La última vez que Diputados intentó avanzar con una actualización normativa fue en julio de 2019. Se alcanzó un dictamen consensuado, pero luego el texto no fue tratado en el recinto y perdió estado parlamentario.
Aunque se impuso un nuevo paradigma con relación a la categoría jurídica en la que se ubica a los animales, haciéndolos merecedores, dada su condición de seres vivos y sintientes, de derechos que les son propios, el Legislativo no avanzó con el dictado de una normativa acorde con la necesidad de protegerlos y el maltrato sigue abordándose como un delito menor.
No obstante, aun sin una ley integral, se lograron avances gracias a la jurisprudencia: las decisiones se fueron endureciendo y son muchos los fallos que buscaron garantizar los derechos de los animales y castigar a los maltratadores.
Así, la suspensión de los juicios a prueba ya no es la única medida para que los autores de hechos aberrantes no queden impunes.
En 2017, un hecho ocurrido en la provincia puso de relieve la escasa protección de los derechos de los animales en Argentina.
El 2 de enero de ese año, Chocolate, un cachorro, fue encontrado despellejado en el patio de la casa de sus dueños, en San Francisco. Murió ocho días después como consecuencia de las graves lesiones.
En mayo de 2018, Germán Gómez fue condenado a un año de prisión por violación de domicilio e infracción a la Ley Sarmiento.
La Justicia provincial aplicó la sanción que pidieron el fiscal y la parte querellante -la Fundación Bio Animalis-. Sin embargo, a diferencia de lo reclamado por los acusadores, la impuso de ejecución condicional.
Previo al fallo, Gómez -quien estuvo varios días demorado- tuvo que hacer tareas comunitarias y donaciones.
El “caso Chocolate” tuvo repercusión nacional y mundial y se volvió en un símbolo contra el maltrato animal en Argentina; en especial, por la brutalidad con la que procedió el autor: vecino de los dueños de Chocolate, decidió quitarle la vida porque lloraba y encendió una cortadora de césped para que el ruido tapara sus gritos de dolor.
En julio de 2021, en Tucumán, la Justicia emitió un decisorio inédito: ordenó la prisión preventiva de un encausado por matar a golpes a un perro, al considerar que había peligro de fuga y de entorpecimiento de la pesquisa.
Cabe resaltar que por primera vez se ordenaron restricciones en beneficio de animales y se dispuso rescatar cuatro gatos y un perro del domicilio del encausado.
En junio de 2021, también en la ciudad cordobesa de San Francisco, otro hombre fue condenado por maltrato animal, por no darles a su perra y a sus crías alimento en cantidad y calidad suficiente, causándoles sufrimiento, según estableció la Justicia.
Hay tres normas que protegen los derechos de los animales. Una es la Ley Sarmiento. A ella se suman la Ley 22,421, de 1981, que protege la fauna silvestre, cuidando las especies en peligro de extinción, regulando la caza y controlando el medio ambiente en el que viven, la Ley 27.330, que en 2016 prohibió las carreras de perros y establece prisión de 3 meses a 4 años y multas.
Hay fallos nacionales que sentaron jurisprudencia en el mundo. Uno se dictó en el caso de la orangutana Sandra, en 2014.
Luego de que la Cámara Federal de Casación Penal la declaró persona no humana, la jueza en lo Contencioso-administrativo Elena Liberatori ordenó su traslado al santuario Centre of Great Apes, en Florida, Estados Unidos.
El segundo decisorio data de 2015 e involucró a la chimpancé Cecilia, del zoológico de Mendoza, que fue enviada a Brasil, al santuario para grandes primates de Sorocaba, en el estado de San Pablo.
AGREGADO AL PROYECTO, las compañías de seguro deberían hacerse cargo de los daños ocasionados a un animal por un vehículo, veterinario, medicamentos etc. Como un daño colateral del asegurado