El Juzgado de Familia de 3ª Nominación de Córdoba rechazó un incidente de atribución del hogar y pedido subsidiario de fijación de canon locativo planteado por el ex conviviente y propietario del inmueble en contra de la madre de sus dos hijas. Asimismo, hizo lugar a un incidente similar interpuesto por la mujer y estableció la duración de esa atribución hasta que una de las niñas alcance cumpla 25 años, bajo la condición de que resida en esa vivienda, destacando la importancia de la atribución del hogar en favor de los hijos menores de edad y con capacidades restringidas, con fundamentos en el respeto del derecho a la vivienda y a la solidaridad familiar.
La jueza Julia Rossi indicó que de la prueba surgía que el inmueble que fuera sede de la unión convivencial pertenece al señor M. D. D, añadiendo que no correspondía al tribunal ordenara su restitución por exceder su competencia.
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