Solamente quedarán exceptuadas las operaciones con maquinaria agrícola, vial, industrial y créditos prendarios.
Los importes que deben abonar los usuarios en las transferencias y otros trámites en oficinas de l Registro Automotor se cancelarán a partir del primero de abril próximo solamente con tarjetas de débito.
Así lo dispuso la normativa nacional 185 de este año, publicada en el Boletín Oficial. La citada disposición señala que los registros seccionales de la Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, están afectados a esta orden.
También a partir de ese día estarán vigentes los nuevos aranceles para obtener el título del automotor (inicial, duplicado o por transferencia), así como la tramitación de la Cédula de Identificación o Certificación de Firmas, fijados también por la Resolución 98/11.
La implementación del pago por débito tiene por objeto brindar mayor seguridad y dinamismo a las transacciones que se llevan a cabo en oportunidad de peticionarse los trámites por ante los registros seccionales.
Para poder efectuar esos cobros estos registros deberán contar con un sistema electrónico que permita, mediante el uso de tarjetas de débito, el pago de los importes que los usuarios deben abonar como consecuencia de las normas vigentes.
Asimismo, por la disposición 185/11 de dicho organismo, se considera conveniente suspender el cumplimiento de esta obligación a los registros seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva sobre maquinaria agrícola, vial o industrial y de créditos prendarios.
Esto responde a razones vinculadas con las peculiaridades que dichos registros seccionales presentan y se mantendrá hasta tanto este organismo estime oportuno que ingresen en la modalidad adoptada.