En el marco de un juicio de alimentos a favor de los hijos menores de edad, en el que la accionante ofreció prueba pericial contable con relación a una sociedad de responsabilidad limitada de la cual el padre de los niños es socio gerente, el Juzgado de Primera Instancia de Familia de Quinta Nominación de Córdoba admitió parcialmente la impugnación del hombre respecto de ciertos puntos de la pericia, que indagan cuestiones que están exclusivamente referidas al patrimonio de la persona jurídica y no al acervo de uno de sus miembros, y ordenó realizar la prueba referida en relación a los restantes puntos que estimó conducentes a dilucidar la capacidad económica del alimentante.
La parte actora había peticionado el sorteo de un perito contador, con conocimiento en sociedades (atento a que la empresa a investigar es una SRL dedicada al rubro agropecuario) a los fines de determinar la solvencia económica del demandado.
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