Ese monto corresponde a los fondos recibidos por la provincia provenientes de Aportes del Tesoro Nacional. Para la distribución se respetan las proporciones establecidas en la Ley N° 8663 – Régimen de Coparticipación de Impuestos entre la Provincia y sus Municipalidades y Comunas
Decreto N° 1961
Córdoba, 30 de noviembre de 2023
VISTO: El expediente Nº 0040-085601/2023 del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se tramita la aplicación de la transferencia realizada por la Nación en concepto de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.
Que la Provincia ha recibido fondos correspondientes a Aportes del Tesoro Nacional conforme se establece en la Resolución N° RESOL-2023- 197-APN-MI del Ministerio del Interior de la Nación, por el importe total Pesos Dos Mil Trescientos Cincuenta Millones ($ 2.350.000.000,00).
Que atendiendo al actual estado de emergencia y desastre agropecuario, con más los desequilibrios financieros que afectan el normal funcionamiento y la prestación de servicios que tienen a su cargo los distintos gobiernos locales, se procede a distribuir el monto recibido por el aludido concepto, a todos los municipios y comunas de la Provincia de Córdoba, considerando las proporciones establecidas en la Ley N° 8663 – Régimen de Coparticipación de Impuestos entre la Provincia y sus Municipalidades y Comunas.
Que, asimismo, se individualizan Municipios y Comunas que solicitaron aplicar el referido recurso – siempre ante situaciones de desequilibrios financieros que los afectan – para cancelar total o parcialmente los préstamos que les fueron otorgados por el Ministerio de Hábitat y Economía Familiar, en virtud del “Convenio de Financiamiento para la Construcción de Viviendas” y en el marco del Programa 10.000 Viviendas – Línea Vivienda Semillas Municipio. Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por Ley Nacional Nº 23.548 y sus modificatorias y Decreto N° 1342/96, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Legal y Técnica del Ministerio de Finanzas, al N° 2023/DAL-00000799, por Fiscalía de Estado en casos análogos y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- ASÍGNASE la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Cincuenta Millones ($ 2.350.000.000,00), en concepto de Aportes del Tesoro Nacional, a favor de las Municipalidades y Comunas nominados en el Anexo I que forma parte integrante de este instrumento legal, por los importes allí indicados para cada uno de ellos, para atender desequilibrios financieros.
Artículo 2º.- APLÍCASE los importes asignados a las Municipalidades y Comunas nominados bajo el título “Listado Ministerio de Hábitat y Economía Familiar” del Anexo I que forma parte integrante de este instrumento legal, a la restitución de fondos que les fueron otorgados en virtud de los “Convenios de Financiamiento para la Construcción de Viviendas dentro del marco del Programa 10.000 Viviendas – Línea Vivienda Semillas Municipios”.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el traspaso de los fondos indicados en el Artículo 1° del presente, a Jurisdicción 1.70 – Gastos Generales de la Administración-, Programa: 700-000, Partida: 06.01.99.00 “Otras Transferencias a Municipios y Entes Comunales NC” del P.V.
Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y los señores Ministro de Gobierno y Seguridad, Ministro de Desarrollo Social y Fiscal de Estado.
Artículo 5º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la Provincia y a la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL A/C MINISTERIO DE FINANZAS – JULIÁN MARÍA LÓPEZ, MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD – SILVINA RIVERO, MINISTRA DE COORDINACIÓN – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 231 del 6 de diciembre de 2023.