La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se presentó ante la Corte Suprema y le pidió que dicte una cautelar para ordenarle al Servicio Penitenciario Federal (SPF) que reciba a los presos alojados en alcaidías y comisarías porteñas, en las que hay unos 1.700 detenidos, lo cual representa una ocupación de 230% del sistema.
En tanto, en los tribunales de Comodoro Py, el Gobierno de Horacio Rodriguez Larreta reclamó la indagatoria de la interventora del SPF, María Laura Garrigós de Rébori, en el marco de un expediente que fue archivado y, luego, reabierto por la Cámara Federal, en junio pasado.
La demanda de la CABA se enmarca en la polémica por las demoras de traslados de detenidos desde comisarías porteñas a cárceles federales.
Todo comenzó en la pandemia. En 2020, había unas 200 personas en dependencias policiales de la CABA y a fines de abril de este año el número escaló a 1.272.
A su turno, la jueza porteña Carla Cavaliere sentenció que el alojamiento con situación procesal resuelta “es una obligación legal del SPF”.
La superpoblación en dependencias porteñas se agrava porque no están preparadas para albergar detenidos. El Sistema Interinstitucional de Control Judicial de Cárceles ya inspeccionó tres lugares y concluyó que faltan de agua, ventilación y sanitarios. Además, los problemas de seguridad están a la orden del día.
En ese sentido, la Procuración General, encabezada por Gabriel María Astarloa, informó que se registraron “sucesivos hechos de violencia, problemáticas entre internos, personal policial lesionado, disturbios, motines y evasiones”.
Convenio
En reproche de la Administración porteña al Estado nacional es que el SPF incumplió el convenio de colaboración 13/2004, así como las leyes Nº 20416 y Nº 24660 con relación a presos alojados en comisarías y alcaidías.
Según expuso, la demanda que motorizó tiene el propósito de que se declare judicialmente el incumplimiento de la normativa (y la consiguiente violación de derechos y garantías de raigambre constitucional) y “hacer cesar la obstinada negativa” del SPF de acatarla.
En la presentación se subraya la competencia de la Corte para analizar la cuestión y su legitimación para actuar. Paralelamente, se enfatiza que en la CABA coexisten las justicias local, penal ordinaria y penal federal y que el “el SPF es prestatario de su sistema a la CABA”.
Sin embargo, recordó que desde 2019, cuando el SPF se declaró en emergencia y, especialmente, desde la pandemia, las alcaidías porteñas se convirtieron “en virtuales unidades de detención, aunque sin contar con la infraestructura” porque “no cumplen con los estándares de derechos humanos”.
Si bien se abrió una mesa de diálogo entre autoridades penitenciarias y porteñas, en diferentes oportunidades el Gobierno de la CABA expuso que el SPF demora la única solución legal: motorizar traslados.
En esa línea, en el escrito que llevó ante la máxima instancia, la demandante afirmó que “vulnera normas constitucionales, el orden de prelación de leyes y las facultades y competencias de la Nación, como también acuerdos y precedentes jurisprudenciales internacionales”.
Política discriminatoria
“El accionar del Estado nacional/SPF y su política discriminatoria en materia penitenciaria con respecto a la CABA pone en serio peligro la salud y seguridad no sólo de los detenidos en las alcaidías y comisaría, sino también del personal policial que custodia a los mismos”, sumó.
Concluyó que es “evidente” la omisión de en el cumplimiento de sus obligaciones. “El Estado nacional no puede desconocer la situación actual de los alojados en las comisarías, como tampoco de su obstinado rechazo a cumplir con el convenio de colaboración”, agregó.
En tanto, expresó que es “un dato objetivo de la realidad” que la inmensa mayoría de los detenidos en los precintos policiales de la CABA cometieron delitos cuya competencia exclusiva le pertenece al Poder Judicial de la Nación.
La procuración porteña le exigió al juez Sebastián Casanello que le tome declaración indagatoria a la interventora Garrigós de Rébori y “a todo aquel que resulte responsable del incumplimiento a una orden judicial”.
Delitos
La causa se inició en 2021 por los delitos de resistencia o desobediencia a funcionario público y abuso de autoridad y violación de deberes.
Siguiendo el criterio de la Fiscalía, el magistrado cerró las actuaciones. Entendió que la titular del SPF no desplegó “acciones comisivas u omisivas que le sean reprochables desde la faz penal”, sino que “exteriorizó en todo momento un compromiso activo frente al cronograma de traslados y alojamiento de detenidos durante el excepcional período pandémico que, si bien pudo haber tenido demoras, no fue interrumpido e incumplido deliberadamente.
La Procuración porteña apeló. Sostuvo que el análisis de Casanello fue parcial y que incurrió en una falacia al justificar su decisión considerando la crisis sanitaria; ello así, porque los incumplimientos continuaban.
Hace cuatro meses, los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, de la Sala I de la Cámara Federal, ordenaron reabrir la pesquisa. “La investigación no ha profundizado de manera suficiente si los incumplimientos han sido definitivamente subsanados o persisten”, resaltaron.
Por ello, ordenaron “recabar mayores datos” relacionados con las sucesivas situaciones a las que aludió el apelante.
2022
En mayo de 2022, la diputada nacional Soledad Carrizo le reclamó al Ejecutivo que presentara informes sobre la situación del SPF.
La cordobesa pidió detalles sobre las acciones de prevención en marcha para atender lo que definió como el “despliegue del fenómeno narcocriminal desde el interior de establecimientos penitenciarios”.
Lo mismo solicitó con respecto a las medidas sobre actividades delictivas desarrolladas con la participación de internos.
En el proyecto de resolución que promovió, también peticionó que se explicara si se implementaron acciones de trabajo conjuntas o colaborativas entre la Dirección Nacional del SPF y la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar).
Carrizo explicó que su planteo se basó en las conclusiones del Encuentro Nacional de la Justicia Federal, celebrado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR).
“Los expositores se refirieron a la preocupante situación que atraviesa nuestro país por el incremento de la actividad delictiva vinculada al narcotráfico”, señaló.
Consideró que Garrigós de Rébori debía informar qué hizo durante su gestión y qué planes tenía.
Días antes, diputados nacionales por la Coalición Cívica pidieron la interpelación de la funcionaria, luego de que el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, expresó en Rosario que “la cárcel no debe controlar a la calle, que sea al revés”.
“Garrigós de Rébori debe dar explicaciones por la eliminación del Departamento de Inteligencia Penitenciaria”, plantearon.
En Rosario, Rosatti dijo que la decisión política para combatir al narcotráfico no debe limitarse a la etapa anterior al delito ni a la represiva sino también “abarcar factores que son previos y exceden al derecho y al sistema de juzgamiento”.
Martín Soria
Poco antes, la jueza María Servini denunció a las autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y del SPF por no colaborar para investigar un caso por presunta venta de drogas en Devoto.
Cabe recordar que en septiembre de 2021, la magistrada le pidió al SPF, dependiente de la cartera que dirige Soria, que investigara qué sucedía en el Complejo Penitenciario Federal ubicado en la CABA.
El SPF le informó que la pesquisa no se había hecho porque carecía de facultades. Ante ello, mediante oficio, Servini le pidió explicaciones a Garrigós de Rébori, quien en febrero de 2022 indicó que la dependencia que comanda no cuenta con un organismo que pueda hacer las tareas encomendadas; ello así, porque el Departamento de Inteligencia Penitenciaria se disolvió en junio de 2020, en el marco de las denuncias por supuesto espionaje ilegal dentro de las cárceles a presos por corrupción durante el gobierno de Mauricio Macri, y no se creó una división que lo suplantara.
En marzo de 2022 la juez le cursó un oficio a Soria y tras varias idas y venidas se determinó que la investigación que encomendó no solo no había comenzado, sino que también había trascendido la orden.
Por ello, Servini denunció a Soria y a Garrigós de Rébori por obstrucción de la Justicia.
“A casi un año del inicio de las actuaciones y por inacción de las autoridades requeridas, la investigación se encuentra en el mismo estado. Dicha circunstancia me permite concluir que, sin perjuicio de los numerosos intentos por parte de esta sede de tratar de acreditar y corroborar los extremos denunciados, existió una clara obstrucción que deberá ser investigada”, escribió Servini.