Lo recordó la cámara interviniente, que entendió que había quedado abstracta la discusión propuesta por la demandada sobre si correspondía que al pleito se le aplique el procedimiento hablado
Al observar que si bien la accionada Gama SA no había cuestionado si el procedimiento de la que tomaba parte era abreviado u ordinario, según la cuantía del pleito, sino que su crítica estaba dirigida al trámite oral, con el argumento de que no se trataba de una cuestión de consumo, la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba declaró abstracta la queja en cuestión.
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