viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La vice presidenta va a juicio por encubrir el atentado a la AMIA

ALBERTO NISMAN. El caso se generó tras la denuncia del fiscal, cuya muerte se investiga como homicidio.
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La Sala I de la Casación Federal ordenó que la ex jefa de Estado enfrente el debate en la causa por la firma del Memorándum con Irán. También se sentará en el banquillo por lavado, junto a su hijo Máximo Kirchner, en Los Sauces-Hotesur. Florencia Kirchner quedó sobreseída

La Sala I de la Cámara Federal de Casación ordenó que la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, vaya a juicio por encubrir el atentado a la AMIA en la causa por la firma del Memorándum con Irán.

Paralelamente, el tribunal -integrando por Diego Barroetaveña y Daniel Petrone– ordenó también que la ex jefa de Estado se siente en el banquillo por lavado de dinero, en el marco del expediente Los Sauces-Hotesur, junto a su hijo Máximo Kirchner.

Bienes
Florencia Kirchner quedó sobreseída en la pesquisa por corrupción que salpica a los negocios hoteleros e inmobiliarios de su familia.

El sentenciante sostuvo que cuando se constituyeron las sociedades que dieron inicio a las maniobras bajo investigación la joven tenía 12 años. “Ingresa a las compañías tras el fallecimiento del padre”, precisaron.

No obstante, dispusieron que sus bienes embargados -como los más de cinco millones de dólares secuestrados de dos cajas de seguridad- deberán seguir bajo tutela judicial.

Acierto político
En su momento, los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado despegaron a Fernández de Kirchner y al resto de los encausados del expediente. Consideraron que más allá de si se lo considera un acierto o desacierto político, pactar con Irán no fue delito.

La DAIA y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron y reclamaron juicio. Las defensas se opusieron, sin éxito.

Afirmaciones dogmáticas
Barroetaveña y Petrone recordaron que teniendo en consideración que una vez elevada la causa el debate oral y público “es el ámbito natural de discusión donde tratar las cuestiones de hecho y prueba”, cabía concluir que la decisión de los jueces inferiores se sustentó en “afirmaciones dogmáticas acerca de la verificación en el caso”.

“La pretensión de agotar el examen acerca de la responsabilidad penal de las personas acusadas en esa etapa intermedia contradice no sólo las reglas de la sana crítica, sino del debido proceso y desnaturaliza la instancia en la que se encuentra la causa”, razonaron.

“Los defectos de fundamentación en que incurrió el tribunal a quo afectan la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a los recurrentes y, de conformidad con el estándar de arbitrariedad definido por la CSJN , justifican la invalidación de la resolución recurrida”, definieron.

La decisión involucra a los encartados Eduardo Zuain, Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque y Fernando Esteche, entre otros.

La causa se inició en enero de 2015 con la denuncia que presentó el fiscal Alberto Nisman.

El fallecido funcionario alegó que con la firma del memorándum, que creaba una comisión de la verdad con juristas de ambos países, se buscó encubrir a los acusados del atentado a la AMIA, porque hacía caer las alertas rojas de detención de Interpol que pesaban sobre ellos.

Nisman fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero con un tiro en la cabeza días después de presentar su denuncia y su muerte se investiga como homicidio.

El juez Daniel Rafecas desestimó el planteo de Nisman, pero luego Casación Penal la reabrió, lo apartó al magistrado y el caso quedó a cargo de Claudio Bonadio, quien en marzo del 2018 lo envió a juicio, con 12 acusados por encubrimiento agravado.

En el expediente unificado Los Sauces-Hotesur, Petrone y Barroetaveña respaldaron el criterio de la Fiscalía, que manifestó que el sobreseimiento fue otorgado de manera arbitraria y que por tratarse de un caso de lavado debía realizarse el juicio oral.

Se sospecha que las compañías de la familia Kirchner no tuvieron nunca una verdadera intención comercial, sino que funcionaron como “pantalla” de operaciones de lavado mediante la metodología de simulación de alquileres.

En ambos casos hubo un cliente en común: Lázaro Báez. Con su empresa Valle Mitre SRL, el contratista del Estado alquiló el hotel Alto Calafate, propiedad de Hotesur. 

Para que esa compañía pudiera pagarle mes a mes la familia Kirchner, su firma, Austral Construcciones SA -que tenía como único ingreso la obra pública vial- le hizo préstamos por más de 71 millones de pesos.

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