El TSJ cordobés admitió que la mujer sea tenida en cuenta en el pleito pero sin reconocerle el derecho de indemnización que se discute en aquél
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió la casación presentada por una ex concubina y revocó la resolución de la cámara a quo, ordenando que se le dé participación en el pleito, al observar que si bien no podría reclamar la indemnización requerida por su pareja fallecida, ya que no se trata de una persona con derecho a percibir herencia, sí podría solicitar las consecuencias de una compensación económica establecida en el Código Civil y Comercial (CCyC) después del fin de la relación.
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