Pasó en doble línea amarilla por el Camino de las Altas Cumbres, lo filmaron y le suspendieron su licencia de conducir, se leyó y escuchó en todos los medios de comunicación la semana pasada.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) -organismo del Ministerio de Transporte- y las autoridades de la ciudad de Córdoba suspendieron, de manera conjunta, por conducción temeraria al Sr. Lucio Ferez, quien pudo haber causado una tragedia al realizar un sobrepaso indebido a gran velocidad, en un camino señalizado con doble línea amarilla, pese a los bocinazos de los otros conductores que lo alertaban sobre el peligro, y por unos pocos segundos no colisionó de frente contra otro vehículo que venía por el carril contrario y que tuvo que ir a la banquina para esquivarlo.
Seguramente cada uno podrá relatar situaciones similares; lo distintivo de este caso es que otro conductor filmó toda la maniobra, la subió a las redes sociales y generó gran repercusión, hasta que la ANSV y la Municipalidad de Córdoba resolvieron sancionar al infractor, con la inhabilitación para conducir. Además deberá ser reevaluado estrictamente para determinar si está en condiciones de conducir un vehículo en la vía pública.
Este procedimiento sancionatorio está contemplado en el artículo 19 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24449, que establece que la autoridad jurisdiccional expedidora debe suspender la licencia de conductor cuando ha comprobado la inadecuación de la condición psicofísica actual del titular con la que debería tener reglamentariamente, así como en la disposición 384/2020 que, en concordancia con lo expuesto precedentemente, dispone que cuando las circunstancias indiquen que el titular de una licencia nacional de conducir pueda padecer una alteración de su aptitud conductiva -ineptitud psicofísica sobreviniente-, con relación a la exigible al serle otorgada, y su mantenimiento entrañe un grave peligro para la seguridad vial o perjudique notoriamente el interés público comprometido, la autoridad jurisdiccional expedidora podrá proceder, de oficio o a solicitud de la ANSV, en su carácter de organismo rector y máxima autoridad en materia de tránsito y seguridad vial, a suspender transitoriamente la licencia nacional de conducir del titular.
El interés de este caso para el área de análisis de esta columna está en cómo se cumplieron los requisitos exigidos por la ley de comprobar la inadecuación de la condición que altere su aptitud conductiva y que mantenerlo habilitado entrañe un grave peligro para la seguridad vial, que se lograron por medio de una filmación privada difundida en redes sociales, lo que llevó a la autoridad a proceder de oficio.
El avance de la tecnología y su instantánea disponibilidad -por ejemplo, para en segundos filmar a quien está traspasando en doble línea amarilla con bastante fidelidad en la imagen- permite que los ciudadanos colaboren con el control de la autoridad. Con este objetivo, la ANSV ha dispuesto, como canales de denuncia de hechos de violencia vial la línea de WhatsApp 011-6207-0590, a la cual los ciudadanos pueden realizar su denuncia, enviando el material que graben identificando al responsable; las redes sociales de la ANSV -InfoSegVial- y/o el correo electrónico [email protected]
La incógnita estará en si la Autoridad reacciona tan bien y rápido ante todas las denuncias, como lo hizo con el Sr. Ferez; y si han desarrollado algún protocolo para tramitar y evaluar cada una de ellas, ya que el caudal de denuncias luego de la repercusión generada con este caso puede escalar significativamente, ya que haciendo unos rápidos cálculos si un ciudadano hace una denuncia por día en cada una de las 20563 localidades del país, solo a los 3 meses la ANSV tendrá 1.850.670 denuncias que tramitar, tratando de no colapsar. Por lo que también será responsabilidad de los ciudadanos aplicar un criterio de razonabilidad, denunciando aquellos que realmente entrañen un grave peligro para la sociedad, como explica la norma.
Finalizando positivamente, felicitaciones al que reaccionó rápidamente filmando la contravención y para las Autoridades nacionales y locales que aplicaron la ley. Es de esperar que el conductor haya aprendido la lección y que sirva para desalentar traspasos riesgosos por faltos de paciencia.
(*) Abogado, especialista en derecho informático