sábado 2, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman lucro cesante a taxista por los días en que no pudo usar su auto

COMPENSACIÓN. La cámara reconoció los ingresos dejados de percibir por el taximetrista accionante.
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El rodado estuvo involucrado en un accidente de tránsito y el tener que ser reparado impidió que pudiera ser destinado a su utilización específica

Al corroborar que la informativa fue respondida por la Municipalidad de Córdoba e incorporada en término al expediente, la Cámara 6ª en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó que haya existido negligencia probatoria por parte de la parte actora, además de denegar el agravio presentado por la citada en garantía Orbis Compañía Argentina de Seguros SA, referido a que no se acreditaron las ganancias dejadas de percibir por el propietario del taxi ante los días de inutilización del vehículo.

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