El tribunal interpretó que el consumidor tiene el deber de custodia sobre el plástico y debe actuar con diligencia ante su pérdida. La demandante denunció el extravío tres días después de ocurrida
Al observar que la accionante se desenvolvió con desatención, no se dio cuenta de que le habían sustraído su tarjeta de crédito, y realizó la denuncia tres días después de ese hecho, lo que excedió el tiempo en el cual el banco demandado se hace a cargo de los consumos de terceros no autorizados, la Cámara 4ª Civil y Comercial de Córdoba admitió la apelación del Banco de Córdoba SA y revocó la resolución que había hecho lugar a la acción y ordenaba la devolución de los montos de las compras realizadas por quien sustrajo el plástico, además de daños y perjuicios.
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