Admiten compensación tras la ruptura de la unión convivencial y aunque él ya estaba casado. El tribunal valoró que la demandante se encontraba legitimada para iniciar la acción, más allá de la situación legal del demandado, ya que con aquélla había formado una vida en común
Después de quedar acreditada la convivencia de la actora y el demandado durante casi 15 años, de manera pública y notoria, pese a que el accionado se encontraba legalmente casado con otra mujer y nunca solicitó el divorcio, lo cual fue valorado como una situación sólo reprochable a él sin que pueda entorpecer la demanda, el Juzgado 2º de Familia de Córdoba hizo lugar parcialmente al planteo de compensación económica porque la demandante realizaba la actividad doméstica y el demandado mantenía el hogar.
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