Un proyecto de ley en trámite plantea modificar la norma que los define como cosas, a fin de asegurarles respeto, bienestar y protección. En Argentina, en abril pasado, el ministro Cabandié anunció que enviaría una iniciativa basada en la reciente jurisprudencia, pero aún no hay novedades
En Chile, avanza en el Poder Legislativo un proyecto de ley para que los animales sean reconocidos como “seres sintientes”, a fin de asegurarles respeto, bienestar y protección.
Busca modificar la norma del Código Civil (CC) que, al igual que el derecho común en Argentina, los define como cosas.
La Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados chilena ya despachó el texto para que siga la discusión.
El articulado establece que los animales son seres sintientes protegidos por estatutos especiales y aclara que se les aplicará el régimen jurídico de los bienes y las cosas sólo si es “compatible con su naturaleza”.
Además, determina que el poseedor o propietario deberá respetar la cualidad de ser sintiente del animal, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie.
Las solicitudes de los activistas tomaron impulso hace siete años.
En 2015 se inició la campaña “No son muebles”, de la Fundación Vegetarianos, y en 2019 se presentó una iniciativa legislativa para modificar la calificación jurídica que reciben.
“No son muebles” tuvo respaldo popular y en octubre de 2020 más de 190 mil personas firmaron un petitorio para que los animales fueran incluidos en el texto constitucional por la Convención.
El artículo 131 de la propuesta -rechazada por los votantes chilenos- establecía que “los animales son sujetos de especial protección”; que “el Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato”; y que promovería “una educación basada en la empatía y en el respeto”.
Penas
En Argentina, a casi siete décadas de la sanción de la Ley de Maltrato Animal, organizaciones, activistas y juristas reclaman un endurecimiento de las penas.
A su vez, piden que se vede la tracción a sangre.
Por lo pronto, hay tres normas nacionalesque protegen los derechos de los animales.
Una es la Nº 14346, de Malos Tratos y Actos de Crueldad a los Animales -llamada Ley Sarmiento-, que, sancionada en 1954, establece penas de prisión de 15 días a un año.
Se buscó reformarla en 2019, para que el mínimo sancionatorio fuera de cuatro años, pero perdió estado parlamentario.
Además de incrementar las sanciones para que sean de cumplimiento efectivo, activistas y especialistas consideran que también deben prohibirse los espectáculos con animales y la experimentación con ellos y tipificarse como delitos el abandono, la tracción a sangre y la zoofilia, entre otros.
La ley 22421, de 1981, protege la fauna silvestre, cuida las especies en peligro de extinción, regula la caza y controla el medio ambiente en el que vive.
Se suma la Nº 27330, que en 2016 prohibió las carreras de perros. Establece prisión de tres meses a cuatro años y multa.
Recientemente, en el marco del Día del Animal, el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, anunció el envío al Congreso de un proyecto de ley sobre bienestar animal, oportunidad en la que hizo referencia a la casuística reciente y postuló la necesidad de aumentar las penas, pero a la fecha no hay novedades.
Delito menor
Aunque se va imponiendo un nuevo paradigma relativo a la categoría jurídica en la que se ubican los animales, haciéndolos merecedores, dada su condición de seres vivos y sintientes, de derechos que les son propios, el Legislativo no avanza con el dictado de una normativa acorde con la necesidad de protegerlos.
Pese a los reclamos de los activistas, el maltrato animal sigue abordándose como un delito menor. No obstante, aun sin una ley integral, se lograron avances en el país gracias a la jurisprudencia.
Poco a poco las decisiones se van endureciendo y se suman los fallos que buscan garantizar los derechos de los animales y castigar a los maltratadores.
Así, la suspensión de los juicios a prueba ya no es la única medida para que los autores de hechos aberrantes no queden impunes.
Salta
La semana pasada, la Justicia de Salta multó a un hombre por balear un perro.
Marcos Martínez, de 33 años, deberá abonar $108.000 en concepto de maltrato y crueldad animal por pegare un tiro a “Guerrero”.
El hecho ocurrió el pasado 4 de agosto en una plazoleta, cuando Guerrero intentó acercarse a la mascota de Martínez, quien sacó un arma y le disparó.
Según indicó el diario El Tribuno, la Justicia resolvió también formalizar la inhibición de portación y tenencia de armas de fuego de por vida para Martínez.
El maltratador -quien también debió cubrir gastos de atención veterinaria- deberá asistir a una capacitación de derecho animal.
Los fondos irán al centro de adopciones que cobijó y atendió al perro durante su recuperación.
El subdirector del Instituto de Derecho Animal de Salta, Sebastián Ramayo, precisó que el monto que se consiguió no tiene precedentes en el país en un caso de crueldad animal.
“Siempre se arregla por alimento porque en la mayoría de casos no se presenta el denunciante como querellante, pero esta vez, con nuestra intervención, pudimos ir por el resarcimiento económico. El fiscal y la defensa estuvieron de acuerdo”, añadió.
Ramayo intervino en el caso junto con los representantes legales de la Protectora de Animales Salta (PAS).
Registro
También en Salta, encabezados por el abogado Santiago Pedroza, los proteccionistas trabajan en una propuesta para que se ponga en marcha un registro de maltratadores animales, que incluya a imputados y a condenados por ese delito.
La implementación de la base de datos apunta también a obligar a los incriminados a hacer trabajo social y a someterse estudios psicológicos.
El proyecto parte de la base de que quienes no respetan la vida de los animales tienen psicopatías que pueden derivar en la comisión de otros crímenes. Por eso, plantean que el registro será una forma de identificar a esas personas.
Asimismo, solicita que la Justicia aplique las sanciones correspondientes y que la Policía de la Provincia tenga una dotación de agentes específica dedicada a la problemática.
Espectáculos
Recientemente, se presentó en el Senado el proyecto que busca prohibir los espectáculos con animales marinos.
La autora es la oficialista y miembro de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Nora del Valle Giménez (FdT – Salta). Lo redactó junto con la ONG Derechos Animales Marinos. Respaldan la propuesta más de una veintena de grupos que luchan por los derechos de los animales marítimos silvestres.
La senadora resaltó la importancia de generar conciencia en la ciudadanía sobre la realidad de animales “utilizados especulativamente desde hace décadas”, cuya situación se justifica “en las visitas para la educación y el aprendizaje de los niños y adolescentes”.
En ese sentido, bregó por un nuevo paradigma que evite el sufrimiento de los animales e impulse “una educación sin mentiras, sin sufrimientos, sin doble mensaje y por la defensa y protección de la naturaleza”.
En el acto de presentación se reseñó que 22 cetáceos están en cautiverio en Argentina (11 delfines en el Aquarium en Mar Del Plata y otros 10 y una orca en Mundo Marino).
En tanto, se puntualizó que “Kashamenk” es la única orca cautiva en toda Sudamérica, en Mundo Marino, desde 1992, y que vive con “Floppy”, un delfín nariz de botella, en una pileta de 6,2 metros de profundidad, 1,3 metro por debajo de los estándares mínimos, según la normativa.
Se añadió que tanto los delfines como las orcas son animales que, en libertad, nadan alrededor de 70 kilómetros diarios; por lo que se estima que la orca debería dar 1.400 vueltas diarias a su tanque para moverse como o haría si estuviera en libertad.
Paralelamente, se destacó que en los espectáculos los animales son expuestos a ruidos que les causan enorme sufrimiento.
Jujuy
En Jujuy, los abogados que trabajan por los derechos de los animales se pronunciaron a favor de la reforma constitucional que impulsa el gobernador Gerardo Morales, que los incluye, y se ofrecieron para colaborar en la redacción de las normas.
Además, propusieron que se creen una fiscalía y una policía especializada, y que se sancione una ley de protección integral.
Los letrados jujeños consideran que es necesario que la nueva Constitución declare los animales como “sujetos especiales de protección”; es decir, que el Estado ponga particular atención en ellos “por estar dentro del sector vulnerable de la sociedad”.
La conservación de las especies locales es una de las principales preocupaciones y, por eso, los especialistas estiman que aquella previsión será de gran gran ayuda para evitar la extinción de animales amenazados, como el cóndor, el tucán y el yaguareté.
Fallos
Hay fallos nacionales que sentaron jurisprudencia en el mundo.
Uno se dictó en el caso de la orangutana Sandra, en 2014. Luego de que la Cámara Federal de Casación Penal la declaró persona no humana, la jueza en lo Contencioso-administrativo Elena Liberatori ordenó su traslado al santuario Centre of Great Apes, en Florida, Estados Unidos.
El segundo decisorio data de 2015 e involucró a la chimpancé Cecilia, del zoológico de Mendoza, que fue enviada a Brasil, al santuario para grandes primates de Sorocaba, en el estado de San Pablo.
En una sentencia que versó sobre privación ilegítima de la libertad, Cecilia fue la primera primate del mundo en ser beneficiada como un ser humano con la figura jurídica del hábeas corpus.