jueves 14, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Taxis y remises: notifican que deberán incorporar sistemas de geolocalización en línea

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Para ambos casos es obligación de las centrales o agencias proveer una cartilla con código QR para ubicar detrás del asiento del conductor con los datos personales del titular y chofer, datos y teléfono de la central y del Observatorio de la Movilidad

Municipalidad de Córdoba

Dirección de Transporte Urbano y Control 

Resolución N° 0900                                

 CÓRDOBA, 14 de octubre de 2022 VISTO: 

Las disposiciones de la Ordenanza 12.859 en sus artículos 7, inc “f”, 18 inc “c” 58, 60, 63, 65, inc. “m” y “k” referidos a implementar e incorporar los sistemas de seguridad, alerta temprana y comunicación, atento al convenio firmado entre la Municipalidad de Córdoba y La Policía de la Provincia de Córdoba 

 Y CONSIDERANDO: 

QUE con fecha 22/09/2022 mediante Resolución N° 016-22 dictada por la Secretaria de Gobierno y Gestión General de Gabinete se aprobó el Convenio de Reciprocidad – Colaboración entre la Municipalidad de Córdoba y la Policía de la Provincia de Córdoba, suscrito el día 12/07/2022

 QUE el mencionado Convenio implica cumplimentar la exigencia del Art. 18, inc. “c” de la Ordenanza 12.859, Reglamentado por Decreto 1216/19. 

ATENTO A ELLO, a los términos de las atribuciones conferidas mediante Decreto N° 229/2021 y Resolución N° 002/2022

EL DIRECTOR DE TRANSPORTE URBANO Y CONTROL 

R E S U E L V E: 

ARTÍCULO 1°.- NOTIFIQUESE a las Centrales de Radio Taxi del Convenio de Reciprocidad – Colaboración entre la Municipalidad de Córdoba y la Policía de la Provincia de Córdoba, suscrito el día 12/07/2022, a los efectos que notifiquen a sus adherentes, y demás permisionarios que deberán implementar e incorporar los sistemas de seguridad, alerta temprana y monitoreo que permita la transmisión de la posición geográfica del vehículo en línea.

 ARTÍCULO 2°.- LAS Centrales de Radio Taxi, a partir de 03/10/2022 tendrán un plazo de 30 días para adecuar sus aplicaciones al sistema de Monitoreo y Seguimiento   dispuesto por la Autoridad de Aplicación  que se encuentran en la Central de Monitoreo del Observatorio de la Movilidad.

ARTÍCULO 3º.- LAS Centrales de Radio Taxi podrán cobrar el equivalente a 20 bajadas de bandera diurna como precio máximo mensual en concepto de seguridad y monitoreo a los nuevos adherentes, deberán eximir a los permisionarios del pago por un plazo de tres (3) meses. 

ARTÍCULO 4°.- NOTIFIQUESE a los permisionarios de Auto Taxi la obligatoriedad a partir del 15/11/2022 para la adhesión a las centrales de Radio Taxi debiendo incorporar el equipo correspondiente para su geolocalización . 

ARTICULO 5° – LAS centrales de Radio Taxi deberán proveer una cartilla con código QR para ubicar detrás del asiento del conductor con los datos personales del titular y chofer, datos y teléfono de la central y del Observatorio de la Movilidad. 

Serán a su cargo todos los costos operativos (paquetes de datos, etc.) para la correcta prestación del servicio.

ARTÍCULO 6°.- PROTOLICESE, comuníquese, por  Mesa de Entrada de la Dirección de Transporte Urbano y Control a todas las centrales de Radio Taxi para su conocimiento, DESE COPIA a Dirección de Documentación. Cumplido, ARCHÍVESE. 

Resolución N° 0901                                                    

CÓRDOBA, 14 de octubre de 2022

VISTO: Las disposiciones de la Ordenanza 12.859 en su artículo 7, inc “f”, referido a implementar e incorporar los sistemas de seguridad, alerta temprana y comunicación, atento al convenio firmado entre la Municipalidad de Córdoba y La Policía de la Provincia de Córdoba. Y CONSIDERANDO: 

QUE con fecha 22/09/2022 mediante Resolución N° 016-22 dictada por la Secretaria de Gobierno y Gestión General de Gabinete se aprobó el Convenio de Reciprocidad – Colaboración entre la Municipalidad de Córdoba y la Policía de la Provincia de Córdoba, suscrito el día 12/07/2022. 

QUE el mencionado Convenio implica cumplimentar las disposiciones de los Art. 32, inc. “b”, 41 inc. “a” y 68 inc. “k” de la Ordenanza 12.859, Reglamentado por Decreto 1216/19. 

ATENTO A ELLO, a los términos de las atribuciones conferidas mediante Decreto N° 229/2021 y Resolución N° 002/2022. 

EL DIRECTOR DE TRANSPORTE URBANO Y CONTROL R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°.- NOTIFIQUESE a las Agencias de Auto Remis el Convenio de Reciprocidad – Colaboración entre la Municipalidad de Córdoba y la Policía de la Provincia de Córdoba, suscrito el día 12/07/2022, a los efectos que notifiquen a sus adherentes, y demás permisionarios que deberán implementar e incorporar los sistemas de seguridad, alerta temprana y monitoreo que permita la transmisión de la posición geográfica del vehículo en línea  

ARTÍCULO 2°.-  LAS Agencias de Auto Remis, a partir de 03/10/2022 tendrán un plazo de 30 días para adecuar sus aplicaciones al sistema de Monitoreo y Seguimiento   dispuesto por la Autoridad de Aplicación  que se encuentran en la Central de Monitoreo del Observatorio de la Movilidad.

ARTÍCULO 3º.-  LAS Agencias de Auto Remis no podrán cobrar cargos extras concepto de seguridad y monitoreo. 

ARTICULO 4° – LAS Agencias de Auto Remis deberán proveer una cartilla con código QR para ubicar detrás del asiento del conductor con los datos personales del titular y chofer, datos y teléfono de la central y del Observatorio de la Movilidad. 

Serán a su cargo todos los costos operativos (paquetes de datos, etc.) para la correcta prestación del servicio. 

ARTÍCULO 5°.- PROTOLICESE comuníquese, por  Mesa de Entrada de la Dirección de Transporte Urbano y Control a todas las centrales de Radio Taxi para su conocimiento, DESE COPIA a Dirección de Documentación. Cumplido,

N. de R.- Publicadas en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 3991 del 17 de octubre de 2022. 

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