La Corte Suprema avaló el dictamen del procurador fiscal, quien subrayó que la omisión del accionante respecto de sus enfermedades preexistentes habilitaba a la empresa demandada a rescindir el contrato de adhesión
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revocó una sentencia que había admitido un amparo contra una empresa de medicina prepaga con el objeto de obtener la cobertura de una intervención quirúrgica e internación a una persona que ocultó enfermedades preexistentes.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a