María Zambrano (1904-1991), destacada filósofa española del siglo XX, nos enseña: “La paz es mucho más que una toma de postura: es una auténtica revolución, un modo de vivir, un modo de habitar el planeta, un modo de ser persona”. Asociar esta enseñanza con una canción del grupo de rock argentino Serú Girán, en su tema Mundo Agradable, es factible.
Es así que tanto María Zambrano desde la filosofía, como Serú Girán en sus letras rockeras me llevaron a reflexionar y analizar el tema que se tratará en este artículo: las denominadas “habilidades blandas” en quienes ejercen la abogacía.
¿De qué hablamos cuando decimos “habilidades blandas”?
Se pueden definir así a aquellas cualidades sociales relacionadas directamente con la personalidad y especialmente con las emociones, resolutivas y de comportamiento que permiten a la persona desenvolverse mejor y obtener mejores resultados en cualquier situación. Particularmente para quienes ejercen la abogacía, se exige esencialmente poseer conocimientos jurídicos y técnicos. Además, en el mundo actual es necesario desarrollar otras habilidades relativas a las condiciones personales para crear el clima de un vínculo de confianza con el cliente, que facilitan ese intercambio comunicacional que permite explicar e informar sobre temas que le cuesta entender.
Estas “habilidades blandas” se vinculan con los paradigmas del modelo de Harvard en negociación, creado por Roger Fisher, Bruce Patton y William Ury (No negociar con base a las posiciones, separar a las personas del problema, concentrarse en los intereses y no en las posiciones, generar opciones de mutuo beneficio, insistir en que los criterios sean objetivos).
En este orden de ideas, vale rescatar que la pandemia nos enseñó muchas cosas; entre tantas otras, a manejar nuestras emociones y a “tener cintura” para resolver situaciones difíciles. La pospandemia ha realzado estas aptitudes, además de hacer visible la necesidad de saber adaptarnos a cada circunstancia para manejar correctamente la comunicación.
En el ejercicio de la abogacía se resuelven problemas desde el punto de vista jurídico–intelectual. Además, el profesional del derecho se relaciona con otros, es intermediario entre las leyes y la sociedad, aconseja, explica, facilita, defiende; y todo esto adquiere otra dimensión en cuanto a sus resultados si se muestra junto a estas habilidades blandas.
Cotidianamente, en mediación observamos diferentes perfiles de los profesionales del derecho. Generalmente muestran exitosas habilidades duras, que son los conocimientos adquiridos durante los años de formación y experiencia profesional.
Es así que al recordar centenares de audiencias puedo afirmar, sin temor a equivocarme, que todas las personas que llegan a mediación “pueden mejorar, todas sus ideas también pueden mejorar y todos los proyectos pueden ayudar” (Serú Girán, Mundo Agradable). Ahora bien, para que esto suceda, en muchas ocasiones es importante que el profesional del derecho que acompaña incorpore un valor agregado a esas capacidades duras con otro tipo de habilidades para asistir a su cliente en la solución de su conflicto.
En mediación los abogados tienen muy en cuenta que sus clientes son personas que pueden mejorar más allá del conflicto que están atravesando. En este sentido, es fundamental para los mediadores advertir el perfil que cada profesional del derecho muestra en cada caso pues a partir de su modo de expresarse vamos generando las técnicas más adecuadas para abrir la negociación asistida.
Se debe advertir en el presente trabajo de que en el interior provincial todavía se encuentra vigente la Ley de Mediación 8858 y su decreto reglamentario -salvo en la ciudad de Río Cuarto-. Situación que, es de esperar, se modifique a la brevedad, de modo que la nueva ley de mediación 10543 tenga plena vigencia en todo el territorio provincial, para evitar situaciones de desigualdad.
Vayamos a los casos: hay muchas mediaciones por reclamo de asistencia alimentaria para los hijos y existen profesionales con diferentes perfiles; por ejemplo, aquellos que por su estrategia de trabajo reiteran los argumentos de la demanda; otros casos en los que se abren nuevos argumentos, profesionales que permiten hablar a su cliente y en otros el discurso queda exclusivamente en lo que manifiesta el abogado.
Para dar otros ejemplos, como asuntos de venta de un vehículo o de un inmueble en los cuales no se cumple el pago del precio y la posición del letrado es inamovible. En muchas mediaciones los clientes no desean hablar y dejan que se exprese solamente su abogado. En otras, los profesionales prefieren que hable su cliente y sea escasa su intervención.
En esta instancia es muy importante que el profesional del derecho se encuentre preparado para la mediación, interiorizado del conflicto, actualizado de los temas a tratar. En muchas ocasiones los letrados ya tienen su agenda de puntos a considerar y se puede trabajar ordenadamente.
La figura del desistimiento, que en la nueva ley de mediación 10543 ha desaparecido, en el interior sigue generando cierta confusión. Los abogados deben adaptarse a una y otra ley dependiendo de dónde se encuentren ejerciendo en el caso concreto.
Es necesario destacar que existen muchísimos profesionales del derecho que son colaborativos, que conocen el proceso de mediación, sus tiempos y etapas. Profesionales del derecho que explican con lenguaje claro a su cliente qué posibilidades y opciones existen dentro de la mesa de negociación y qué alternativas tienen fuera de ella. Profesionales que son muy sinceros con sus clientes, que los conocen, que se tomaron el debido tiempo para armar su estrategia jurídica tanto en el proceso judicial como en el proceso de mediación, que miden los tiempos y las necesidades, deseos e intereses de su cliente. Ellos son los abogados con capacidades duras y con “habilidades blandas”.
Es cierto que en mediación les cuesta mucho a los abogados “salir al balcón”, como nos enseña William Ury, para poder observar el escenario completo; esto, debido a que por su lugar profesional deben lealtad a su cliente. Sin embargo, muchos profesionales del derecho con buena formación jurídica y sentido común captan la diferencia de estar frente al juez en una audiencia convocada por el juzgado, de lo que es una mesa de negociación asistida, como la mediación. Así, aparecen la flexibilidad, la adaptación mental, el saber escuchar para entender a su colega, la empatía, la cortesía, concentración, imaginación, claridad de ideas, alta resistencia a la frustración, entre otras habilidades llamadas blandas.
Es por todo lo expresado que dedicamos esta columna a reflexionar sobre un tema del que no se habla en la facultad pero que en el mundo de hoy es muy valioso: las habilidades blandas en el ejercicio profesional.
Cabe señalar que desde hace muchos años el grado de aceptación social de quienes ejercen el derecho es escaso. Ya es tiempo de iniciar un camino de reivindicación, largo y difícil pero necesario. ¡Y qué mejor forma de transitarlo que haciendo hincapié en esas capacidades duras conjugadas con las “habilidades blandas”!
De ese modo, la principal función social que cumplen los abogados podría verse reflejada en aquella paz como es concebida por María Zambrano: una auténtica revolución y un modo de ser persona.
* Abogada, mediadora
Excelente analisis, siendo útil tus conclusiones para todas las profesiones y actividades , valoro mucho desde el lugar de humildad y empatia que lo planteas, excelente!!!!
Muchas Gracias , comparto totalmente y lo que planteas ocurre en muchas otras profesiones y actividades, excelente análisis. Gracias por tirar la primera piedra
Útil postura para cualquier mediación (o circunstancia Muy buena nota
Muchas gracias por tus reflexiones y aportes. El enlace que propones entre el concepto de paz, rol profesional y habilidades ha generado nuevos espacios de reflexión. Cariños.
Actualmente los abogados se reciben con una buena preparación en mediación.. y eso hace un cambio de paradigma que hace 20 años no existia