lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Las técnicas y las destrezas imprescindibles para una litigación oral efectiva

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En la oralidad existe un kit de herramientas útiles para que operadores judiciales puedan desenvolverse con éxito en procesos civiles y laborales. El juez Román Abellaneda; el director de la Oficina de Comunicación del TSJ, Leonardo Altamirano, y el director de comunicación y vinculación institucional del Club Atlético Talleres, Miguel Cavatorta, dan claves desde el punto de vista de la interdisciplina

Desarrollar habilidades, manejar técnicas y adquirir conocimientos en materia de oralidad son hoy aspectos fundamentales para una litigación efectiva.

¿Qué estrategias desarrollar para que el mensaje sea eficaz para la mayor cantidad de destinatarios posibles? ¿Cómo practicar un examen directo a un declarante amigable y un contraexamen a un declarante hostil? ¿Cómo incorporar herramientas para mejorar la expresión oral, gestual y corporal?
Sobre todas estas preguntas y de manera interdisciplinaria responden Román Abellaneda (RA), juez Civil y Comercial de Córdoba; Leonardo Altamirano (LA), director de la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba; Miguel Cavatorta, director de Comunicación y Vinculación Institucional de Club Atlético Talleres y presidente del Círculo Profesional de Comunicación Institucional y Relaciones Públicas (Circom).
A partir del miércoles 7 próximo dictarán el
“Taller de técnicas y destrezas para la litigación oral”, que organiza Comercio y Justicia junto con el Colegio Universitario IES, bajo modalidad on line y presencial. Antes, brindaron un anticipo.

¿Qué cuestiones fundamentales debe asimilar el operador judicial para pasar de una cultura jurídica escrita a una oral?

LA. En primer lugar, hay que entender que cambia el lenguaje. En la escritura, tiene un mayor peso el aspecto lingüístico del mensaje. Toda la fuerza de los argumentos depende en gran medida del uso adecuado de las palabras tanto en su aspecto sintáctico como semántico. En cambio, en la comunicación oral adquieren preponderancia otros aspectos no estrictamente lingüísticos: el sonido de la voz, el ritmo de la exposición, la postura corporal, los gestos, las miradas. La oralidad es una forma de comunicación mucho más compleja, en la que intervienen múltiples materias significantes: el sonido, la imagen, la distancia entre los cuerpos, los movimientos. Esto otorga mayor importancia al intérprete. En la comunicación escrita, el destinatario asigna sentido a los textos en base a un código común, esto es, la lengua natural; al contexto de la enunciación y a los conocimientos de que dispone. En la oralidad, a estos elementos hay que agregarles la incidencia de códigos mucho más inestables que la lengua, como la gestualidad, el tono de voz, los silencios.

Por eso es tan importante saber cómo está compuesto el auditorio antes de preparar una disertación. No es lo mismo dirigirse a profesionales del derecho que a ciudadanos legos.  

¿Qué caracteriza la comunicación jurídica oral? ¿Qué elementos tener en cuenta para evitar la pérdida de eficacia del mensaje en el marco del litigio de estas características?

LA. La oralidad promueve la interactividad entre las personas que intervienen en el proceso judicial. A medida que el enunciador jurídico despliega su discurso, va percibiendo la reacción del interlocutor. Esto le permite corregir, reiterar, aclarar aspectos que puedan haber sido malinterpretados.

En una exposición oral se pueden ajustar aquellos aspectos que pueden prestarse a confusión. La copresencia de los participantes facilita el diálogo entre las partes y el tribunal. El vínculo procesal ya no está basado en la unidireccionalidad de los textos escritos sino en la interacción oral. Se gana tiempo y se hace foco en los aspectos centrales del conflicto. Esta modalidad contribuye a alcanzar soluciones más eficaces y rápidas.

¿Cuáles son las técnicas de litigación más útiles? Como juez, ¿qué recomendaciones da a la hora del interrogatorio, a qué se refieren las preguntas admisibles y las preguntas prohibidas?

RA. Las técnicas de litigación oral son un conjunto de habilidades y destrezas dirigidas a mejorar la calidad de la información que se brindará en el debate oral (nuestra audiencia complementaria); son la herramienta principal del litigante y están conformadas por las siguientes acciones: teoría del caso, examen directo, contraexamen o contrainterrogatorio, declaración de peritos, objeciones, prueba material y alegatos de apertura y clausura (en nuestro ámbito, la ley no los ha previsto).

Todas las técnicas de litigación tienen importancia. Sin embargo, en lo que se refiere al interrogatorio de testigos, peritos y partes, cobra gran trascendencia el contraexamen. Por ejemplo, mediante esta técnica la parte contraria al oferente de la prueba intentará desacreditar al testigo o las respuestas por él vertidas. Es en el contrainterrogatorio donde las partes ejercen con más fuerza el derecho de contradecir la prueba del adversario, pues permite controlar si la información brindada por el testigo ofrecido por la parte contraria es fiable y creíble.

En el examen directo (interrogatorio que practica la parte que ha ofrecido al testigo) están prohibidas las preguntas indicativas o sugestivas. Es decir, las preguntas admisibles en este caso son las preguntas abiertas y algunas cerradas, es decir, preguntas que no contengan en su formulación la información que se requiere del declarante (el interrogador no debe brindar ningún tipo de información sobre los hechos que se investigan para no sugestionar al deponente).

Ahora bien, en el contraexamen sí son admisibles las preguntas indicativas o sugestivas pues es la única manera de controlar la información que ha brindado el testigo. Notemos que en este caso el contrainterrogador se encuentra frente a un testigo hostil pues es de prever que en el interrogatorio directo el declarante ha abonado la teoría del caso (versión de los hechos) de la parte contraria. Por eso creemos que el interrogatorio debe ser un poco más apremiante, exigiendo al testigo que se expida sobre algunos hechos que la parte contraria necesita acreditar.

¿Qué engloba la psicología del testimonio? ¿Qué permite al operador judicial saber sobre esto?

RA. La psicología del testimonio es el conjunto de conocimientos que, basados en los resultados de las investigaciones de los campos de la psicología experimental y la psicología social, intenta determinar la calidad (exactitud y credibilidad) de los testimonios que sobre los delitos, accidentes o sucesos cotidianos prestan los testigos presenciales.

Su objeto se basa, sobre todo, en entender los procesos de la memoria humana, tratando de investigar con estudios de campo qué aspectos pueden interponerse en la exactitud de los recuerdos de un declarante. Pero también estudia la credibilidad de las declaraciones, tratando de detectar las mentiras y señalar los diferentes móviles que pueden hacer que un declarante aporte falsedades al proceso.

Esta ciencia es la que se erige como la más idónea para valorar, en un proceso judicial, la eficacia convictiva de la prueba de declaración de personas (testigos, partes y peritos).


Oratoria: la fuerza de la palabra

Miguel Cavatorta, director de comunicación y vinculación institucional de Club Atlético Talleres y presidente del Circom, se refirió a las habilidades que se requiere adquirir para una oratoria eficaz.

“Conmover, seducir y argumentar son objetivos esenciales para la construcción de vínculos sociales, el desarrollo del discurso político y la actividad básica de quienes llevan adelante el debate judicial. Desde su origen, la oratoria ha tenido que ver con la Justicia, y la retórica se ha planteado como un conjunto de herramientas y técnicas que permite expresarnos del mejor modo posible de modo que el lenguaje y el discurso sean suficientemente eficaces para deleitar y persuadir”, afirma Cavatorta, para quien el estudio de la técnicas, el ejercicio y el entrenamiento permiten integrar al discurso todos los lenguajes expresivos, para cumplir con los objetivos de la litigación con el arte de la elocuencia.


AGENDA

  • Curso: Taller de técnicas y destrezas para la litigación oral
  • Organiza: Comercio y Justicia
  • Dictan: Román Abellaneda, juez Civil y Comercial de Córdoba; Leonardo Altamirano, director de la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba; Miguel Cavatorta, director de comunicación y vinculación institucional de Club Atlético Talleres.
  • Fecha: 7, 14 y 22 de septiembre
  • Horario: 18 a 20.
  • Modalidad: online y presencial.
  • Destinatarios: abogados, funcionarios y empleados judiciales.
  • Preinscripción e informes: https://comercioyjusticia.info/cyjcapacitaciones/2022/08/20/taller-de-tecnicas-y-destrezas-para-la-litigacion-oral/

Descuentos: 15% para suscriptores de Comercio y Justicia, Semanario Jurídico y Comunidad IES
10% para matriculados en los colegios de Abogados de Córdoba, Río Cuarto, Bell Ville, San Francisco, Río Tercero, Villa María, Cruz del Eje, Laboulaye, Marcos Juárez y Villa Dolores.

Comentarios 2

  1. Cecilia Pérez Correa says:

    Me parece atinado sugerir que aquellos que han de presentarse ante el público, como los abogados de la foto, no tengan las manos en los bolsillos. Técnicamente es incorrecto.

  2. Analia Ribaudo says:

    Excelente propuesta de capacitación. Se abordan aspectos importantes en la comunicación, oratoria y expresión global para la oralidad, que difiere significativamente de la palabra escrita.

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