En el proceso, a pedido de la madre, se escuchó al niño con asistencia psicológica, por considerar que tiene 11 años de edad
La Cámara 2ª de Familia de la ciudad de Córdoba rechazó el recurso de apelación interpuesto por un padre en contra de la resolución que la jueza de primera instancia que, con sustento en las manifestaciones vertidas por el niño de 11 años, suspendió el régimen comunicacional con el hombre y ordenó terapia familiar entre los progenitores. Asimismo, el tribunal aclaró que el progenitor podrá volver a recurrir tal decisión en caso de cambio de las condiciones que llevaron a adoptar esta medida.
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