Para los jueces intervinientes, esos documentos eran necesarios para dirimir el pleito. En la causa se debatía una sanción impuesta por el colegio profesional de los inmobiliarios contra un matriculado
Al advertir que los contratos ofrecidos como prueba no contaban con la cláusula de confidencialidad alegada y que es prueba pertinente para resolver el pleito, la Cámara 2ª Contenciosa-administrativa de Córdoba admitió el recurso de reposición entablado por la demandada Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba y ordenó al demandante, quien cuestionaba una sanción impuesta por la accionante, que exhiba e incorpore los contratos de agencia ordenados como medio de prueba.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.