En la decisión se tuvo en cuenta la actividad del letrado en un pleito en el que compareció junto al tercero coadyuvante, para defender a la demandada en una acción por la que se pretendía que no se instale el expendio de combustibles en una estación de servicios de GNC
En un pedido de regulación de honorarios, la Cámara 2ª en lo Contencioso-administrativo de Córdoba concluyó que la acción de ilegitimidad por la cual se pretendía que no se instale una estación de servicios, careció de contenido económico propio y no resultaba factible determinarlo a partir de valores de referencia, por lo que aplicó la norma de dejar librado al prudente arbitrio judicial la estimación de la base económica.
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