El magistrado no pudo apartarse del principio de congruencia ni aplicar presunciones porque no se demostraron los mínimos fundamentos fácticos de la demanda ni lugar y tiempo del hecho
Después de haber observado que existieron numerosas inconsistencias y contradicciones entre el relato efectuado en el escrito introductorio, con relación a la prueba rendida y diligenciada por el propio accionante, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba rechazó la demanda entablada por un albañil en contra de Altas Construcciones SRL y dos de sus socios, fundada en un accidente de trabajo que no logró demostrar, como tampoco acreditó el carácter profesional de su patología.
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