El tribunal interviniente evaluó las constancias de la causa y concluyó que no fueron claras ni precisas las razones esgrimidas para determinar la desvinculación
Al advertir la imprecisión del acta notarial por la cual se despidió al accionante, ejecutivo de la firma demandada, Polymont Argentina SA, en la cual se hacía referencia a lo dispuesto en una asamblea societaria, de la cual en el pleito se no se hizo ninguna observación respecto del comportamiento del actor y sí se demostró un intrincado conflicto entre miembros del directorio, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba admitió la demanda planteada y ordenó pagarle al demandante la indemnización por despido incausado.
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