De esta manera se aprobó las operaciones de crédito público contenidas en el Programa de Facilidades Extendidas a celebrarse entre Argentina y el organismo internacional para la cancelación del Acuerdo Stand By celebrado oportunamente en 2018
Ley 27668
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Apruébanse, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 75, inciso 7, de la Constitución Nacional y en los términos del artículo 2° de la ley 27.612, las operaciones de crédito público contenidas en el Programa de Facilidades Extendidas a celebrarse entre el Poder Ejecutivo nacional y el Fondo Monetario Internacional (FMI) para la cancelación del Acuerdo Stand By celebrado oportunamente en 2018 y para apoyo presupuestario.
El Poder Ejecutivo nacional suscribirá, en uso de sus facultades, los instrumentos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente.
Artículo 2°- La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
REGISTRADA BAJO EL N° 27668
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA – SERGIO MASSA – Marcelo Jorge Fuentes – Eduardo Cergnul
Decreto 130/22
Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2022
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.668 (IF-2022-25822455-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 17 de marzo de 2022.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE ECONOMÍA. Cumplido, archívese.
FERNÁNDEZ – Juan Luis Manzur – Martín Guzmán
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 34.882 del 18 de marzo de 2022.