La alzada consideró que los declarantes se conocían entre sí y, ante la existencia de contradicciones, sus dichos se neutralizaron, sin poderse determinar en el juicio cómo fue la mecánica del accidente
La Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba revocó una sentencia de primera instancia que había hecho lugar al planteo de la accionante en un accidente de tránsito, al demostrarse que los testigos ofrecidos por la parte actora ocultaron ser taxistas, al igual que ésta, con lo cual, al detectarse contradicciones en sus dichos, no se pudo determinar cómo fue la mecánica del siniestro.
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