La mujer regresó de Miami y pretendía que no se le aplicara la normativa que rige por la pandemia de covid-19. El tribunal concluyó que debía seguirse con la política sanitaria
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión de grado que rechazó el planteo de una mujer que regresó al país de Estados Unidos, dio positivo de covid-19 en Ezeiza y se ordenó su aislamiento en un hotel para que realizara la cuarentena obligatoria.
La accionante expresó que el positivo “seguramente había sido por la vacuna” que se aplicó en Miami y agregué: “Llegué hoy al mediodía, no tengo síntomas por el momento. Estoy ansiosa, no veo a mi hija hace un montón, yo tengo una casa grande, puedo estar ahí aislada, lo que menos quiero es exponer a mi hija, pero al menos quiero que me vea a la distancia, por la ventana, que sepa que volví”.
Empero, la sala integrada por Ignacio Rodríguez Varela y Hernán López consideró que el planteo de la accionante “debe ser analizado en el marco de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional ha sancionado con el fin de proteger la salud pública y evitar la propagación del virus covid-19”.
En ese marco, “el traslado que pretende podría acarrear la propagación de nuevas cepas de la enfermedad aún desconocidas que pongan en mayor riesgo a su propio grupo familiar, al personal médico y sanitario involucrado en el traslado y a la sociedad en general, máxime cuando se constató que ya padece la infección”, explicaron los jueces.
Además, el fallo agregó que en el caso se estaba en presencia, no ya de un particular que intenta circular sin limitaciones de ninguna especie, sino de una persona que proviene del exterior contagiada de covid y con una cepa infecciosa que aún no ha podido ser determinada”.
Por último, los magistrados resaltaron que la mujer “no se ha agravado por una limitación concreta a su libertad ambulatoria sino que, al menos por el momento, ha manifestado su disconformidad con la medida de aislamiento que actualmente estaría cumpliendo”.