La Cámara interviniente rechazó la pretensión del accionante, sosteniendo que no le asistía razón para oponerse a la ejecución de la sentencia que había ordenando el despojo de la propiedad en litigio
La Cámara Civil y Comercial de Séptima Nominación de Córdoba confirmó la resolución del juzgado a quo que declaró inadmisible una defensa opuesta, al advertir que el demandado no tenía derecho desde el punto de vista formal para oponer el “derecho de retención” por mejoras o gastos a la propiedad en discusión, como defensa ante la ejecución de la sentencia que hizo lugar a la acción de reivindicación interpuesta por el actor, como tampoco desde lo sustancial, ya que su posesión fue declarada ilegítima.
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