La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal declaró infundada la oposición a un registro de marca, al no mediar acercamiento confusionista y/o riesgo de asociación
En la causa “Guarino Marcelo y otro c/ Empresas CMPC SA s/ Cese de oposición al registro de marca” los accionantes plantearon que se declarara infundada la oposición que la demandada opuso en sede administrativa al registro de la marca “Lady Free” en la clase 5 del nomenclador marcario internacional.
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