Ignacio Bilbao Beascoechea (alias Iñaki de Lemona), ex integrante de la organización terrorista nacionalista vasca ETA, sumó su octava condena: cinco fueron dictadas por la justicia española y el resto por tribunales franceses.
Sin embargo, Bilbao Beascoechea no ingresará a prisión por la última sanción, de 74 años de prisión, que le impuso la Audiencia Nacional, porque la sentencia aclara que ya cumplió en España el máximo de 30 años de encarcelamiento (en realidad, 21, después de descontar nueve de “redención de pena”, beneficio penitenciario contemplado en el Código Penal español de 1973, más otros siete, anteriormente, en Francia).
El fallo se dictó como consecuencia del atentado cometido el 2 de febrero de 1983 en Ordizia (Gipúzcoa), en el que murió el guardia civil Miguel Mateo Pastor y resultaron heridos gravemente otros dos agentes.
Días antes de pronunciarse, el tribunal ordenó la libertad de Bilbao, quien dejó la cárcel de Valdemoro (Madrid) el 1 de octubre, en donde había permanecido con prisión preventiva desde que cumplió la otras condenas, para asegurar su presencia durante la audiencia.
El fallo se dictó como consecuencia del atentado cometido el 2 de febrero de 1983 en Ordizia (Guipúzcoa), en el que murió el guardia civil Miguel Mateo Pastor y resultaron gravemente heridos otros dos agentes.
En su fallo, los magistrados consideraron probado que Bilbao Beascoechea y los otros integrantes del comando “Goierri Costa” contaban, a principios de 1983, con información de los movimiento de los vehículos del cuartel de la Guardia Civil de Ordizia, la cual había sido facilitada por el también etarra José Miguel Latasa (alias Fermín), un miembro de la organización arrepentido, cuyo testimonio fue clave en la causa.
Según el decisorio de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, el 2 de febrero de aquel año los miembros del comando se dirigieron en dos coches hasta el cruce existente entonces en el kilómetro 422,5 de la carretera N-1, de Madrid a Francia por Irún, donde prepararon la emboscada. Armados con dos lanzagranadas y fusiles ametralladoras, se dividieron en dos grupos: uno se apostó en el lado izquierdo de la carretera de acceso al cuartel y el otro en la vía lateral frontal próxima a la ruta nacional.
En tanto, reseñó que los etarras sabían que los vehículos de la Guardia Civil debían parar al llegar al cruce, donde había una señal de “ceda el paso” y, llegado ese momento, empezaron a disparar.
El juzgador recordó que la intensidad del atentado fue tal que una de las granadas anticarro arrancó el techo de uno de los rodados.
“Beascoechea Bilbao se encargó de introducir las granadas en el lanzagranadas”, señaló, basando su conclusión en el testimonio de Latasa, testigo presencial del ataque.
Por ello, condeno al encartado, nacido en Lemoa (Vizcaya), a 30 años por atentado contra miembros de las fuerzas de seguridad del Estado español, con la agravante de premeditación, y a otras dos, de 22 años, por delitos de asesinato frustrado.
El etarra había sido responsabilizado anteriormente por otros cuatro atentados, dos cometidos en 1985 y otros dos, en 1988.
Detenido en Francia a finales de mayo de 1992, cuando intentaba recomponer la cúpula de la organización después del arresto, meses antes, en Bidart, de los entonces dirigentes, los tribunales le impusieron tres sanciones (de ocho, cinco y tres años, respectivamente), que terminó de cumplir en octubre de 1999.
Fue extraditado a España y estuvo preso hasta principios de este mes.
Cabe recordar que en 2004, cuando llevaba cinco años preso en España, firmó una carta con otros dirigentes de la organización en la que se pidió por el fin de la violencia.