Alcanza a aquellos que se desempeñan en forma continua y permanente en todo el país y rigen desde el pasado 1 de julio y hasta el 31 de octubre (Anexo I) y del 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de julio de 2021 (Anexo II). La norma también fija los montos topes indemnizatorios hasta fin de octubre del año en curso El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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