La UIF anunció que controlará “en persona” a los sujetos obligados a reportar maniobras “sospechosas”. La medida involucra a escribanos, contadores y abogados, además de bancos.
La Unidad de Información Financiera (UIF) informó ayer que resolvió supervisar el cumplimiento de normas destinadas a la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo, mediante inspecciones “in situ”, que realizarán agentes designados por el organismo. La medida involucrará entidades bancarias y financieras, la Comisión Nacional de Valores, inmobiliarias y a escribanos, contadores públicos y abogados, quienes ya están obligados a reportar al organismo las operaciones “sospechosas”.
Según indicó la UIF por medio de un comunicado, los integrantes de sus equipos supervisores controlarán, en persona, “la observación de medidas de prevención por parte de los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas” de canalizar activos provenientes de delitos, y labrarán las actas correspondientes.
En caso de verificar incumplimientos, los supervisores de la UIF iniciarán un proceso de sumario y, para sancionar la infracción, podrán aplicar multas por “una a diez veces del valor total de los bienes u operación a los que se refiera la infracción, siempre y cuando el hecho no constituya un delito más grave”, según especificó la resolución dictada por el organismo.
Al fundamentar su resolución, José Sbattella, titular de la UIF, sostuvo que para el ejercicio del “poder de policía” que ejerce el organismo “resulta necesario disponer un procedimiento de supervisión” del cumplimiento de las normas antilavado, a fines de evaluar la eficacia del sistema.
Los actores implicados
La legislación argentina considera “operaciones sospechosas” todas las transacciones inusuales, sin justificación económica o jurídica, o aquellas que sean irrazonablemente complejas.
Asimismo, la normativa vigente en el país obliga las entidades bancarias y financieras, así como a los escribanos y contadores públicos -entre otros profesionales- a reportarlas a la Unidad de Información Financiera para su análisis.
La UIF, en tanto, está facultada para solicitar datos y documentación a cualquier organismo público, requerir colaboración a los servicios de información del Estado y disponer sistemas de contralor a los sujetos obligados.
Entre estos últimos figuran quienes explotan juegos de azar; los agentes y sociedades de bolsa; los Registros Públicos de Comercio, Propiedad Inmueble y Automotor; quienes se dedican a la compraventa de obras de arte, antigüedades, bienes suntuarios y joyas; los operadores de tarjetas de crédito, los transportistas de caudales y los productores de seguros.
Descartan cambios
– El ministro de Economía, Amado Boudou, negó enfáticamente que el Gobierno tenga bajo evaluación una modificación en la normativa que regula el ingreso de capitales para inversiones financieras, como publicó el diario Ámbito Financiero.
– El matutino publicó que el Ejecutivo planeaba eliminar el encaje de 30% que desde 2005 rige para el ingreso de fondos desde el exterior, aunque manteniendo la restricción de salida por 12 meses.