lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Planes de ahorro: diferimiento de cuotas acordado entre Gobierno y automotrices

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Por Exequiel Vergara*

La Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso por resolución general 14/2020 el diferimiento de las cuotas de los autoplanes, la suspensión de las ejecuciones prendarias y una bonificación de hasta 1,4% del monto total de las cuotas del plan.
El pasado viernes 10, la IGJ emitió una nueva regulación en materia de autoplanes con el objeto de intentar proteger los intereses económicos de los consumidores que suscribieron un plan y al mismo tiempo “conciliar esta protección con la sustentabilidad del sistema”, sobre el cual podemos hacer muchas críticas, que en esta oportunidad también vamos a diferir.
Las administradoras deben ofrecer a sus clientes, que hayan firmado con anterioridad a septiembre de 2019, la opción de postergar parte del pago de la cuota móvil y sus cargas administrativas. Este diferimiento se puede hacer hasta un máximo de 12 cuotas consecutivas por vencer al momento del ejercicio de la opción. Los usuarios tienen hasta el 30 de agosto de 2020 para hacer uso de este beneficio.
¿Cómo opera el diferimiento? De las 12 cuotas (o menos, según lo que requiera el usuario) se diferirán los porcentajes siguientes: de las cuatro primeras, 30%; de las cuatro siguientes, 20%, y de las últimas cuatro, 10%.

Están habilitados quienes tengan contrato vigente, hayan recibido o no el vehículo, y los contratos que desde el 1 de abril de 2018 se hallen extinguidos por renuncia, rescisión o resolución, para lo que deberán cancelar el importe de las cuotas en mora.
No podrán optar los suscriptores que promovieron causas judiciales y obtenido medidas cautelares con incidencia sobre el pago de sus cuotas. Y si obtienen medidas después de haber optado por el diferimiento, éste quedará sin efecto.
¿Cómo se tramita? 1. En la concesionaria. 2. Vía formulario web, que deberá confirmar en 72 horas, la recepción de la opción. 3. Enviarlo directamente por correo electrónico a la sociedad administradora, que deberá confirmar la recepción en 24 horas.
¿Cuándo se paga? Hasta 12 cuotas, una vez finalizado el plan de ahorro. El monto no podrá exceder el de una cuota (alícuota + carga administrativa).

La bonificación
Las administradoras deberán otorgar una bonificación de casi 60% sobre el monto total del diferimiento, que sería equivalente hasta 1,4% del valor de las cuotas del plan de ahorro.
Para acceder a esta bonificación, el vehículo debe ser uno de los 29 modelos informados por la resolución (ver en los sitios webs de las administradoras) o los que los sustituyan. Además, el usuario debe estar al día en las cuotas al momento de la adhesión y no haber pagado cuotas anticipadas.
Finalmente la resolución dispone una serie de obligaciones para las administradoras de los autoplanes.
La más importante, suspende el inicio de las ejecuciones prendarias hasta el 30 de septiembre de 2020.
Asimismo, deberán condonar los intereses punitorios por falta de pago en término devengados hasta el 31 de diciembre de 2020, siempre que el pago de la deuda se realice hasta esta última fecha. En los sitios web de las administradoras deberán publicitar esta posibilidad y brindar ejemplos de las diversas hipótesis de opción de diferimiento según cantidad de cuotas por vencer, en forma clara y precisa; incluso una simulación de preguntas y respuestas sobre las principales inquietudes o dudas de los suscriptores, que también deberán enviar por correo electrónico.

Adicionalmente, se realizará una campaña de difusión para transparentar el régimen de gastos de entrega de los vehículos que adjudican por sus planes de ahorro en general.
Ésta es una nueva medida de la IGJ que busca la reactivación del sector al incentivar a reincorporarse a suscriptores que resolvieron los contratos, pero que en términos concretos no impacta fuertemente en el bolsillo de los consumidores y que tampoco hace referencia al problema más grave en la materia: los precios “inflados” de muchos de los modelos en venta a través de este sistema.

*Profesor de Derecho del Consumidor (Universidad Nacional de Chilecito) – YouTube.com/abogadovergara

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