La jueza federal Alicia Braghini hizo lugar al reclamo presentado por un ex combatiente de la Guerra de Malvinas y ordenó que se le pague el retroactivo de la pensión de veterano desde que terminó el conflicto –el 14 de junio de 1982– hasta el 31 de marzo de 1991, fecha en que se sancionó la ley que modificó el modo de cálculo del beneficio.
A su turno, Jorge Leiva planteó la inconstitucionalidad de uno de los artículos del decreto reglamentario, que limitó la liquidación de la pensión vitalicia a partir de la presentación de su solicitud.
Asimismo, cuestionó que la legislación establezca que, para el caso de veteranos fallecidos, la fecha a tener en cuenta para comenzar a percibir la pensión es la del deceso, discriminando de esa manera a los sobrevivientes.
La titular del Juzgado de la Seguridad Social Número 7 le dio la razón a Leiva y sostuvo que la pensión tuvo la finalidad de reconocer al veterano de guerra.
“Es aquí donde centramos la cuestión conceptual: desde cuándo se es veterano de guerra y, por ende, desde cuándo corresponde el beneficio”, enfatizó.
En ese sentido, estimó: “Es evidente que la finalidad de la ley del año 1991 fue establecer un reconocimiento y reivindicación históricos, y ello carecería de sentido y hasta resultaría contradictorio que se considerara veterano de guerra a partir del día de la presentación de solicitud y no desde el mismo día en que cesó el conflicto”.
En los considerandos de su decisorio, Braghini dejó en claro que “se es veterano de guerra desde el
mismo momento en que cesó el conflicto”.
Por esas razones, declaró la inconstitucionalidad del decreto reglamentario, ponderar que “han si-
do desnaturalizados tanto el verdadero objetivo cuanto la intención del legislador, que no fue otra que reconocer y reivindicar a quienes participaron de la guerra, a través de una pensión honorífica de carácter no contributivo”.
El fallo de Braghini es de primera instancia y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) adelantó que lo apelará.