En decisión por mayoría, el tribunal de alzada coincidió con el dictamen del fiscal federal en cuanto a que el planteo contra la obra social provincial no era materia de incumbencia del fuero federal
La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba declaró la incompetencia de la Justicia Federal para entender en una acción de amparo contra la Apross y remitió la causa a la Cámara Civil y Comercial de Río Cuarto de turno.
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