viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Desestiman crítica al encuadre de un caso de violencia de género

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Para la alzada, los argumentos del defensor del encausado, quien también trató de matar a su hijo, “lindaron con lo ridículo”. Al convalidar la pena, el tribunal tuvo en cuenta que la mujer estuvo en terapia intensiva y que fue sometida a varias intervenciones

La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a 20 años de prisión que se le impuso a Luis Palavecino, por intentar asesinar a su ex pareja y a su hijo y por amenazar a tres vecinos con un cuchillo. A su turno, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Número 21, integrado por los jueces Diego Barroetaveña, Liliana Barrionuevo y Horacio Barberis, reseñó que, en diciembre de 2016, Palavecino empujó y escupió a la mujer y le dijo que la colgaría si ella insistía en echarlo de la casa que compartían.
El temor que le generó a la víctima hizo que dejara automáticamente la vivienda. Lo relatado fue corroborado por sus dos hijos, quienes explicaron cómo se fue su madre sin siquiera llevar consigo alguna de sus pertenencias.
La hija contó, además, que mientras le preparaba una valija con ropa a su mamá, el imputado se enojó con ella acusándola de “traicionera” y le aseguró que esas prendas no saldrían del inmueble.
En tanto, el a quo detalló que, meses después, el 24 de marzo de 2017, cerca de las 11 de la mañana, Palavecino se presentó en el domicilio donde vivía su ex, en el barrio porteño de Villa Pueyrredón, lugar del que había sido excluido 20 días antes, que la sorprendió, la tomó por el cabello, la colocó contra una medianera y, girándole la cabeza, le clavó un cuchillo cinco veces, en el cuello y en el cuerpo.

Luego, arremetió en contra de su hijo, quien logró esquivar los puntazos que intentó asestarle su padre pero cayó sobre un cantero. En ese momento, los vecinos intentaron detenerlo y el encartado los amedrentó con el arma blanca.
Minutos más tarde, Palavecino fue detenido por varios oficiales de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a quienes agredió.

La ex pareja del acusado fue trasladada de manera urgente a un hospital, en donde fue operada y permaneció en terapia 25 días. Palavecino fue condenado en diciembre de 2017 por dos tentativas de homicidio agravado, por amenazas coactivas con armas en tres ocasiones, por resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones y amenazas coactivas.
El fiscal de juicio Fernando Fiszer había solicitado también 20 años de prisión, en línea con lo pedido por el instructor Eduardo Rosende.
La defensa presentó un recurso cuestionando varios aspectos del fallo. El fiscal Leonardo Filippini, al presentar un escrito ante Casación, analizó los fundamentos que utilizaron los jueces para llegar a una condena. Tomó en cuenta la congruencia de los testimonios de los hijos de la víctima y resaltó que la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema elaboró un informe en el cual constaba la problemática de violencia de género.

Sobre el intento de femicidio, marcó que era claro que la relación de pareja que vinculó a víctima y victimario por tanto tiempo colocó a Palavecino en una posición privilegiada y que facilitó la agresión. Resaltó que el hecho fue en la casa donde había vivido hasta hacía un mes y que sorprendió a la mujer a plena luz del día y cuando estaba totalmente desprevenida.
Retomó también lo expresado por los jueces en su decisorio sobre el contexto en el que se dio el intento de asesinato, apuntando a la distribución desigual de poder evidenciada por los hechos previos de violencia y el desprecio a la vida de la mujer y la de sus hijos.
La alzada analizó las amenazas que sufrió la mujer en diciembre de 2016 y explicó que los argumentos del tribunal para condenar a Palavecino no fueron arbitrarios. Con respecto al intento de femicidio, señaló: “Cuestionar que éste no sería un caso de violencia de género, linda con lo ridículo y hasta constituye una falta de respeto a la inteligencia, frente al correcto desarrollo que, producto de la inmediación, llevó a cabo el tribunal en la sentencia”. En la misma dirección, sostuvo que lo que propuso la defensa como crítica a la sentencia tildándola de arbitraria fue una tergiversación de lo que ocurrió, que de ninguna manera afectaba las conclusiones a las que se llegó respecto de las imputaciones.
Así, concluyó que la violencia de género se constató debidamente.

Con respecto a la graduación de la pena, repasó los argumentos del inferior y enfatizó que la mujer estuvo en terapia intensiva 25 días e internada después dos meses más; que como consecuencia del ataque tuvo que someterse a varias intervenciones, entre ellas una traqueotomía, y que durante el debate todavía se encontraba bajo tratamiento. Además, ponderó que, debido a lo sucedido, el hijo del imputado decidió mudarse a otro país.
“Estamos ante un caso en que el acusado se presentó en la vivienda de su ex pareja, habiendo sido excluido del domicilio por orden judicial, y la atacó con un cuchillo tipo navaja con puntazos en el cuello, para luego agredir con el mismo elemento a su hijo; luego, soltó puntazos en dirección hacia los vecinos que intentaban impedir su accionar, a quienes también amenazó; a su vez, se resistió a la detención de los policías intervinientes, que al tratar de reducirlo resultaron lesionados”, reseñó finalmente la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.

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