lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Coparticipación: la Nación deberá pagarle a San Luis 15 mil millones de pesos

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La decisión de la Corte Suprema fue tomada por mayoría: Maqueda, Lorenzetti y Rosatti. Declaró inconstitucional un decreto que autorizaba a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos que le correspondían a esa provincia.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) condenó al Estado nacional a pagarle alrededor de 15.000 millones de pesos a la Provincia de San Luis en concepto de retenciones por coparticipación.
La decisión fue tomada por mayoría, con los votos de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
El presidente del Máximo Tribunal, Carlos Rosenkrantz, se excusó de intervenir porque antes de sumarse a la Corte actuó como abogado de Santa Fe, provincia que tiene un reclamo por el mismo objeto (pero por el triple del monto).
Hace tres meses, con la firma de los mismos magistados, el Alto Tribunal le restó validez a un decreto presidencial firmado por el entonces presidente Carlos Menem y ordenó devolverle a la Provincia de La Pampa una suma multimillonaria también por retenciones de coparticipación mal descontadas.

Días antes, Rosenkrantz y la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco, habían participado en una reunión con el presidente Mauricio Macri.
En el juicio promovido por San Luis, la Corte declaró inconstitucional un decreto del Poder Ejecutivo Nacional que lo autorizaba a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos coparticipables que le correspondían a la jurisdicción.
La actual sentencia es una consecuencia del fallo del 24 de noviembre de 2015, cuando la CSJN consideró inconstitucional la detracción de impuestos a las provincias para financiar las administraciones Nacional de la Seguridad Social (Anses) y Federal Ingresos Públicos (AFIP).
Por la Anses hubo retenciones de 15 por ciento y por la AFIP, de 1,9 por ciento, pero entonces la Corte las declaró inconstitucionales, impidió su futuro cobro y mandó devolver lo que se les retuvo a las litigantes.
Días antes del cambio de gobierno, que se produjo el 10 de diciembre de 2015, la entonces mandataria Cristina Fernández dictó un decreto para anular el 15 por ciento que las provincias cedían a la Anses, lo que generaba un gasto extra de unos 130 mil millones de pesos.
Entonces se negoció pagar con bonos y un nuevo reparto de la coparticipación, pero San Luis y Santa Fe no aceptaron y continuaron los juicios para que se ejecutara la sentencia de noviembre de 2015.

En aquella oportunidad, la Corte había intimado a las partes a que en 30 días informaran sobre posibles acuerdos relacionados con la cuantía y el plazo de cumplimiento del decisorio, pero ese propósito -según recordó en el fallo de ayer- no se alcanzó.
San Luis pretendía aplicar a la liquidación por el período enero de 2010 (ese año se firmó un acuerdo de desendeudamiento con provincias, que no suscribió) a noviembre de 2015 la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, más la capitalización de intereses.
Sostuvo que la suma a cobrar debía ser equivalente al financiamiento de las obras públicas que no pudo realizar por carecer de esos fondos y que cualquier otra tasa permitiría un “enriquecimiento sin causa” del Estado central.
La parte demandada ofreció primero un seis por ciento anual y, luego, la tasa pasiva que publica el Banco Central, postura que finalmente aceptó la Corte.
Expuso además que debido al fallo de 2015 y “en virtud del diálogo institucional cuya responsabilidad cabe a las autoridades superiores de la organización constitucional”, el 16 de noviembre de 2017 celebró un pacto con 22 provincias (San Luis no firmó) y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado “consenso nacional”, para “resolver todas las cuestiones judiciales pendientes”.
La Máxima Instancia aprobó la liquidación practicada por el Estado nacional y distribuyó en el orden causado las costas del juicio por cobro de pesos.

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