Entre los acusados figuran el director y el subdirector de un complejo de máxima seguridad. La fiscalía pidió que se rectifique la partida de defunción de la víctima, entre otras medidas reparatorias
En el marco del debate en el cual son juzgados 15 agentes de la Unidad Número 9 del Complejo Penitenciario de máxima seguridad ubicado en la provincia de Neuquén por la tortura seguida de muerte de un interno, el titular de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales Federales de la jurisdicción, Miguel Palazzani, solicitó que se condene a ocho encartados a prisión perpetua y a otros siete a penas de entre tres y diez años.
En su alegato ante el Tribunal Oral Federal integrado por Alejandro Silva, Marcelo Grosso y Orlando Coscia, el fiscal tuvo por acreditado que durante la mañana del 8 de abril de 2008 un celador y personal de requisa, junto al jefe de seguridad interna del penal, infligieron torturas al momento de retirar al interno Argentino Pelozo Iturri de la celda que ocupaba en el Pabellón 10 de aislamiento de la Unidad 9.
En tanto, expuso que trasladaron a la víctima mediante golpes con puños y palos, puntapiés y ahorcamientos hasta el área de sanidad, y que una vez allí continuaron con la violencia; incluso, frente al médico y al enfermero.
Palazzani indicó que los padecimientos físicos y psíquicos del interno y la violencia que sufrió le generaron un proceso de asfixia y una hemorragia cerebral que desencadenaron su muerte en el lugar. Asimismo, dio por acreditado que las máximas autoridades del penal (director y subdirector) sabían de la situación y que omitieron hacerla cesar.
Finalmente, el agente manifestó que durante el proceso se probó la trama de encubrimientos y falsedades ideológicas en instrumentos públicos que desplegaron el médico de la unidad y el inspector de región, acusados en el caso.
Para el celador y el cuerpo de requisa de la unidad, el fiscal reclamó la pena de prisión perpetua por el delito de imposición de torturas seguidas de la muerte de la víctima.
Con respecto al director y al subdirector del penal, Héctor Ledesma y José Sosa, respectivamente, pidió nueve años, mientras que para el jefe de seguridad interna solicitó diez. Los tres fueron acusados por omisión de evitar la comisión del delito de aplicación de torturas.
Para Gabriel Grobli, inspector de región, requirió 6 años, por encubrimiento doblemente agravado (por la gravedad del ilícito y por su condición de funcionario público) y omisión de denunciar un acto propio de su oficio.
Finalmente, para los médicos Juan Carlos Heredia y Miguel Ángel Leyría solicitó siete y tres años de prisión, respectivamente, y para el enfermero Miguel Ángel Carrilao cuatro años, todos por el delito de omisión de denunciar doblemente calificado por la índole del ilícito que ocultaron y por tratarse de funcionarios públicos.
En el caso de Heredia, además sumó la acusación por falsedad ideológica de instrumento público agravada.
Luego del pedido de penas, el fiscal les requirió a los jueces la prisión preventiva de los 12 encausados, fundando su petición en que los actos procesales cumplidos, el conocimiento de los alegatos y los pedidos severos de pena ponían la causa al borde de una sentencia, que será dictada cuando termine la feria.
En ese sentido, consideró que existe riesgo de fuga y entorpecimiento de la acción de la Justicia.
Asimismo, pidió que se investigue la conducta del entonces juez federal a cargo de los inicios de la investigación y al Cuerpo Médico Forense de Neuquén.
Paralelamente, Palazzani solicitó que se rectifique la partida de defunción de la víctima, para que donde se consigna “muerte súbita” indique “tortura seguida de muerte en un establecimiento penitenciario federal”, y también notificar la sentencia a los familiares, quienes no pudieron reconocer el cuerpo, velar a Pelozo Iturri ni conocer durante 10 años la causa de su deceso.
También requirió que se libren oficios al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a efectos de que proceda administrativamente respecto de los imputados y que, oportunamente, se notifique la sentencia a los Mecanismos de Prevención y Sanción contra la Tortura provincial y nacional y al Mecanismo Interinstitucional de Control y Seguimiento de Cárceles, presidido por el camarista Gustavo Hornos.