martes 26, noviembre 2024
martes 26, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Derecho a la vida y derecho a la salud

ESCUCHAR

Por Luis Carranza Torres* y Carlos Krauth **

Con el tratamiento de la ley del aborto, las últimas semanas han sido más que agitadas en cuanto a discusiones respecto al tema del inicio de la vida humana. Viene bien, adicionalmente, para tratar ciertas cuestiones que usualmente no están en la agenda pública, pese a la inocultable importancia que presentan.
El derecho a la vida no es a cualquier clase de existencia. Se emparenta con la dignidad de la persona humana como valor universal, más allá de toda creencia, raza, posición social o lo que fuere.
Desde lo jurídico, el artículo 4.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos habla del resguardo de la vida a partir de la concepción. En igual sentido, el art. 19 del Código Civil y Comercial habla que la existencia de la persona humana comienza con la concepción. Por su parte, el art. 75 inc. 23 de la Constitución Nacional habla, entre los deberes del Congreso, de asegurar en forma “especial e integral” la protección del niño en situación de desamparo, desde el mismo embarazo.
La persona por nacer, para usar la denominación que el propio Código le asigna en el art. 24 inc. a), tiene, pues, derechos ciertos per se y aun antes de su nacimiento. Y por su especial situación en gestación, el derecho a la vida a su respecto viene unido inescindiblemente al derecho a la salud. Tanto, que en dicho estadio no se posible diferenciar el uno del otro.
Muy lejos están los tiempos en que cuidar la salud de la madre era la única forma de asegurar la de la persona por nacer. Hoy en día puede, cada vez en más ocasiones, actuarse directamente sobre esta persona.

Ya en 1981 se llevó a cabo en Estados Unidos la primera cirugía fetal, que permitió curar a bebes con malformaciones genéticas antes de que nacieran. En ese primer caso, ocurrió en un embarazo de una pareja de mellizos, curando el cuadro que uno de ellos presentaba durante la gestación, que ponía en riesgo su salud una vez nacido.
El médico que llevó a cabo la cirugía fue el Dr. Michel Harrison, quien expresó en un reciente reportaje a la BBC: “Como cirujano pediátrico yo veía a estos bebés recién nacidos que tenían problemas que simplemente no podías solucionar y los veías morir”, por lo que pensó: “Tenemos que solucionar estos problemas antes”.
Operar dentro del seno materno -en su momento- parecía en la comunidad médica una locura; hoy es más y más frecuente merced a los continuos avances tecnológicos en la materia.
Para realizar tal cirugía, debieron crearse herramientas y agujas especiales, algo que pudieron hacer porque no había mucha regulación sobre el tema. Harrison agregó: “Si todo esto hubiera ocurrido hoy, tendríamos mucha mejor tecnología pero también tendríamos un ambiente fuertemente regulado que a veces te previene de crear esas herramientas”.

Gracias a su éxito, siguió junto a su equipo perfeccionando las técnicas y se instaló el primer Centro de Tratamiento Fetal de EEUU pero, pese a los avances, perdieron a varios de sus pequeños pacientes: “Cada vez que había un fracaso llovían las críticas y muchos decían que tendríamos que cerrar. Fue una batalla durante una década”. Sin embargo, se siguió avanzando en el tema. “Hoy podemos hacer el procedimiento en media hora o una hora”, agrega. De tal manera que en la actualidad los médicos han logrado también remover tumores, desbloquear pulmones y operar el corazón, entre otras intervenciones sin afectar la gestación del niño.
Como puede verse de lo antes expuesto, el derecho a la salud en la persona por nacer, además de identificarse con el derecho a la vida, presenta rasgos particulares. Y en este punto, el avance de la medicina muestra también lo irrazonable en el presente de cláusulas que abran la puerta a los denominados abortos de tipo eugenésico. Tal como estaba en el proyecto original de la ley de aborto y continúa, mucho más asordinado, en el texto con media sanción de Diputados. La ciencia, el derecho y la civilización van por otro lado. Claro que algunos no quieren o no parecen verlo.

* Abogado, doctor en Ciencias Jurídicas. ** Abogado,magíster en Derecho y Argumentación Jurídica

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?