La iniciativa aumenta de 13 a 23 la cantidad de miembros que conforman el organismo. Dos ellos serían personas destacadas que no provengan del mundo de las leyes. Se propone, a su vez, incorporar la figura del Pedido de Destitución Popular. El legislador asegura que hay que escuchar el reclamo de transparencia de la ciudadanía y confiar en el pueblo
Un nuevo proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura ingresó al Congreso de la Nación, esta vez por medio del abogado y diputado cordobés Juan Brügge.
A diferencia de otras iniciativas que circulan en el Parlamento, la propuesta de Brügge tiene la particularidad de intentar “empoderar” al ciudadano común para que pueda integrar el organismo y participar tanto de la selección como de la destitución de los jueces.
El proyecto – al que accedió Comercio y Justicia- establece, en primer lugar, un cambio en la integración del organismo, que se elevaría de 13 a 23 miembros. La propuesta es que la conformación de Cuerpo quede integrada por siete jueces federales, un ministro de la Corte Suprema, seis legisladores, un representante del Ejecutivo, cuatro abogados de la matrícula federal, dos representantes del ámbito académico y dos ciudadanos destacados elegidos por el Consejo Interuniversitario Nacional, a propuesta de las organizaciones de la Sociedad Civil.
“Es necesario que haya una diversificación en la integración del Consejo de la Magistratura, máxime cuando la tarea del juzgador no se limita sólo a conocer el derecho sino a comprender y captar la realidad de los hechos y los conflictos que se le ponen a su resolución, que exige un conocimiento de la realidad de las cosas y de los valores de la sociedad, para lo cual el sentir del ciudadano no letrado puede dar la impronta de su existencia”, remarca en sus fundamentos la iniciativa.
Brügge advierte sobre el constante reclamo de transparencia de la ciudadanía: “El pueblo no puede estar ausente al momento de designación de los jueces”, remarca el legislador al recordar que “el diseño constitucional que desde el año 1853 ha adoptado el Estado Federal Argentino, se basa en el principio de la soberanía popular”.
Destitución
Entre otro de los aspectos que propugna el diputado cordobés en su reforma del Consejo de la Magistratura, cabe destacar la incorporación del instituto del “Pedido de Destitución Popular de Magistrados”. Con esta herramienta se pretende introducir una herramienta de participación, para que los ciudadanos puedan manifestar su voluntad de denunciar a un magistrado federal con jurisdicción en el territorio donde habitan, como una manera de hacer efectivo el control social sobre los juzgadores.
Para poder asegurar la seriedad de la denuncia, el proyecto exige un numero de avales que debe ser superior al cinco por ciento del electorado de la jurisdicción del Tribunal cuestionado, y con control de los organismos dispuestos por la ley que regula la iniciativa popular de mandatos.
El Pedido de Destitución Popular de Magistrado deberá -por ende- ser fundado y el procedimiento para su aceptación debe seguirse el trámite previsto por la ley 24747, que regula el instituto de la iniciativa popular.
Se prevé la exigencia de que el Pedido de Destitución Popular sea obligatoriamente tratado por el Consejo de la Magistratura, toda vez que la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de éste debe evaluar y dictaminar el Pedido de Destitución Popular de Magistrados en el plazo máximo de 90 días desde su presentación.
“No se debe temer la participación popular en el proceso de selección de magistrados, como en lo que respecta a la función disciplinaria del mismo; por el contrario, si aspiramos a una verdadera democracia debemos confiar en la sabiduría popular, que con su sentido común puede percibir si los postulantes y los magistrados en ejercicio de funciones se encuentran compenetrados en la realidad”, asegura la iniciativa ingresada al Congreso.