lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La renuncia del abogado no interrumpe la perención

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La Cámara expresó que la inacción del recurrente en impulsar el trámite de apelación por medio de la expresión de los agravios exteriorizó una pasividad incompatible con la diligencia propia de quien tiene interés real en obtener resolución de la alzada

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