Así lo señaló ayer en Córdoba Marcos Salt, penalista y coordinador del Programa Nacional contra la Criminalidad Informática, del Ministerio de Justicia
Por Carolina Klepp [email protected]
Cómo introducir la evidencia digital y cómo ello impacta en los procesos penales. Cómo hoy se pueden probar hechos de manera totalmente diferente de aquella a la que estamos acostumbrados con las pruebas tradicionales, utilizando herramientas tecnológicas. Cómo usar este tipo de evidencias eficientemente sin violar garantías constitucionales. Sobre esto habló ayer Marcos Salt, coordinador del Programa Nacional contra la Criminalidad Informática, del Ministerio de Justicia.
Estuvo en Córdoba dictando la capacitación “Recepción de prueba digital en audiencias orales”, organizado por el Instituto de Estudios de la Magistratura de la Asociación de Magistrados. En ese marco, dialogó con Comercio y Justicia.
– ¿De qué manera pueden utilizarse hoy las evidencias digitales en juicio?¿cuáles son los desafíos de su implementación?
– Hay que tener muy bien regulado cómo va a ser el registro y secuestro de datos en los sistemas informáticos. Hay toda una tendencia nueva a hacer lo que se llama “inteligencia en redes abiertas” que es la posibilidad de captar datos que están libres en Internet y que permiten hacer perfiles y reunir datos, de manera tal que sean útiles en la investigación, más que nada en los casos de delincuencia compleja. Hay que tener en cuenta el tema de cómo hacer para asegurar los datos que están en poder de empresas privadas cuando los servidores están en el extranjero. Todos éstos son los desafíos que hay que enfrentar ahora y sin tener un marco legal que lo prevea.
Estamos a punto de lograr -si finalmente los diputados la aprueban- la adhesión a la Convención de Budapest, que es una convención internacional sobre estos temas. También hay proyectos de ley para introducir la evidencia digital en los códigos procesales penales, pero estamos atrasados.
– ¿Cuáles son los tipos de delitos más frecuentes en los que se pueden captar evidencias digitales?
– Hoy están los delitos informáticos propiamente dichos como pornografía infantil, grooming, fraude informático, daño informático, acceso ilegítimo a sistemas informáticos ajenos, falsificaciones de documentos electrónicos. El tema es que ahora no es sólo un problema de los delitos informáticos, sino que hoy un homicidio se puede cometer por los medios informáticos también e incluso las evidencias digitales se pueden usar para cualquier delito. Por ejemplo, investigar lavado de dinero sin utilizar herramientas informáticas es un atraso para el país. La investigación de un hecho de corrupción sin utilizar herramientas informáticas es prácticamente imposible de ser eficiente.
-Un punto a abordar es el del cambio cultural necesario en la comunidad judicial, ya que en ciertos sectores hay resistencia.
– Se requiere de un enfoque interdisciplinario para el cambio cultural. Hay que acercar la comunidad jurídica al sector técnico. Las cosas no se pueden hacer sin entender qué pasa en la tecnología informática, y después hay que pensar además de los funcionarios actuales, en las generaciones futuras, y esto tiene que ser materia de las universidades para que los próximos jueces y fiscales ya tengan esto incorporado.
En la Universidad Nacional de Buenos Aires hay cursos sobre esto en el grado (optativo) y en el posgrado (especialización) y hay que extenderlo a todas las universidades. No puede ser que un abogado salga de una universidad sin saber lo que es una evidencia digital o sin saber lo que es una dirección IP.
Rastros digitales
Salt destacó que todos estamos dejando rastros digitales en nuestra cotidianeidad.
“En nuestro sistema dejamos rastros en todos lados que algunos tribunales lo usan y otros no, muchas veces se usan de más, violentando garantías; muchas veces se usan de menos y muchas veces no se usa, con lo cual se pierde eficiencia. Hoy hay determinados hechos que a la justicia le lleva seis meses probar y a un técnico informático se sienta en una computadora y lo hace en dos horas. Por ejemplo: unir qué vinculación hay entre cinco personas, qué propiedades tienen, sin la necesidad de mandar oficios a los distintos lugares. Tiene que hacerlo de manera tal de no violar la garantía a la intimidad”, concluyó el penalista y procesalista.
El Convenio de Budapest es un tratado internacional que busca estandarizar las legislaciones nacionales y los protocolos y técnicas de investigación para impulsar la cooperación internacional en temas como las estafas informáticas o la distribución de pornografía infantil.