En Estados Unidos, un tribunal de Miami dictaminó que una “amistad” en Facebook entre un juez y un abogado no es un motivo para que otro letrado pida con éxito la recusación del funcionario involucrado.
“Un amigo en una red social no es necesariamente un amigo en el sentido tradicional de la palabra, por lo que el hecho de que un juez sea amigo de un abogado en Facebook no debería impedirle ser imparcial”, manifestó el magistrado del Estado de Florida Thomas Logue, uno de los firmantes del fallo.
Así, determinó que la jueza recusada, Beatrice Butchko, podrá seguir al frente del caso en el cual participa un litigante que figura como uno de sus contactos.
No obstante, el debate por las “las amistades virtuales” en las cortes de EEUU no está cerrado, ya que un tribunal de apelaciones de Palm Beach sentenció lo contrario.
De esa manera, la nueva problemática originada en la “era de las redes sociales” probablemente tenga que ser llevada ante la Corte Suprema de Florida.
Según reportes del Wall Street Journal, en 2013 la Asociación Americana de Abogados alertó a los jueces sobre los potenciales efectos negativos de su presencia en las redes sociales, ante el auge de perfiles públicos creados por miembros distinguidos del sistema judicial y su interacción con otros dentro del espectro online.
Normas
En aquel entonces, la prestigiosa organización recomendó que se establecieran normas de comportamiento y conducta en las redes para guiar a los jueces.
También instó a los sentenciantes a considerar seriamente el efecto que podría llegar a tener en el ámbito profesional volverse “amigos” de alguien en aquellas plataformas y festejar o cuestionar publicaciones de personas que podrían llegar a litigar en sus juzgados.