lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ley de Flagrancia: Justicia destacó que hay pocas cancelaciones de audiencias

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En dos meses de vigencia, 73% de los alcanzados por la legislación fueron argentinos. A fin de mes se conocerán nuevas estadísticas

El Ministerio de Justicia difundió nuevas cifras en torno a la Ley de Flagrancia, que busca lograr procesos más rápidos para las personas que son atrapadas mientras cometen un delito.
La modalidad se aplica en casos dolosos en los que la pena no supere los 15 años de prisión, y en los que no sea mayor a 20 para los delitos de abuso sexual y robo con arma de fuego.
Se trata de un procedimiento sumarísimo que consta de una audiencia inicial multipropósito y otra de clausura, en la que el juez debe resolver todas las cuestiones llevadas por las partes de forma inmediata, tales como solicitud de probation o acuerdo de juicio abreviado.
La Unidad de Asistencia para la Reforma Procesal Penal llevó a cabo un seguimiento de la aplicación de la normativa y brindó datos sobre los casos que ingresaron a la Justicia.

Lapso
La información publicada por la  Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos pertenece al período que va del 16 de diciembre del 2016 al 31 de enero de este año. Buena parte proviene del Servicio Penitenciario Federal, acorde a sus planillas de ingreso; y también de juzgados nacionales. El próximo informe estará elaborado a fines de marzo.
Durante el plazo analizado se llevaron a cabo 89 audiencias y se cancelaron dos.
Según los autores del relevamiento, el hecho de que haya habido un nivel tan bajo de cancelaciones implica “un importante logro” para los actores de sistema de Justicia.
Además, destacaron que si se tiene en cuenta que la normativa establece que la primera audiencia debe llevarse a cabo en menos de 48 horas desde la detención, la circunstancia de que el promedio  sea de 30 horas es “un dato positivo”.
Por su parte, resaltaron que la duración de los encuentros fue, en general,  de 30 minutos.
En el informe se registra que en el primer “turno” de vigencia de la ley, que va del 1 al 16 de diciembre pasado, ingresaron a cárceles federales 205 personas.
En tanto, se puntualizó que durante el segundo (del 16 de diciembre al 31 de enero) los casos fueron 103.
La Unidad de Asistencia para la Reforma Procesal Penal aclaró que la disminución entre el primero y segundo término en cantidad de audiencias se debe a que es habitual que suceda cuando se implementan nuevas formas en el proceso penal.
Además, recordó que los números también se vieron afectados porque fueron recolectados durante la feria judicial de enero, el mes en el que el Poder Judicial nacional y de las provincias cesa sus actividades y sólo atiende asuntos “urgentes”.
Otro dato que surgió del estudio es que el 73% de los alcanzados por la normativa son argentinos y el 28% son extranjeros (16% provenían de países limítrofes; el 9% de Perú y el 3% final de otros Estados).

Legislatura bonaerense
En la provincia de Buenos Aires, el presidente de la Cámara de Diputados, Manuel Mosca, propuso incluir delitos de violencia de género en el régimen de flagrancia.
El legislador impulsa una modificación del Código Procesal Penal de Buenos Aires para “proteger a las víctimas de violencia de género, permitiendo una respuesta rápida de la justicia”.  Mosca aseguró que “es muy importante avanzar en una legislación que tenga a la víctima como parte central del proceso y, en ese marco, poder hacer más eficiente la aplicación de Justicia en los delitos de violencia de género”.
Así, explicó que la iniciativa busca adoptar procedimientos que permitan “un juzgamiento sin dilación”.
Según el diputado del PRO, el articulado que promueve apunta a generar desde un conjunto de herramientas que contribuyan a combatir los delitos cometidos en contra de las mujeres”.

Reclamo de los magistrados

– El  1 de diciembre del 2016 el Gobierno promulgó la Ley de Flagrancia con el objetivo de que se juzgue con mayor celeridad a  los delincuentes aprehendidos en el momento de cometer el delito.
– La ley 27272 fue resistida por la mayoría de los magistrados, que en varias resoluciones reclamaron medidas para intentar contener lo que, según estimaron, podría derivar en una crisis del sistema de la Justicia federal.
– Entre otros puntos, alegaron que para que el avance pretendido por el Poder Legislativo tenga eco en la práctica, se requiere adecuar ciertos aspectos estructurales que no están “suficientemente preparados” para satisfacer las demandas que el nuevo procedimiento genera.
n En general, denunciaron que hay  inconvenientes derivados de la falta de recursos técnicos, electrónicos y de infraestructura en los tribunales.
n Por su parte, antes de la promulgación de la norma, la Asociación de Magistrados emitió un duro comunicado en el cual aseguró que se carece de “previsión logística”.

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