sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Cuando aplicar el nuevo código no es retroactividad

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En una causa en la cual se dirimían los derechos entre el titular del boleto de compraventa y el acreedor que embargó al titular registral del inmueble, el TSJ cordobés avaló la utilización de la reciente legislación, pues la cuestión no había sido resuelta cuando coexistían instrumentos contrapuestos.

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